Fundamento legal:
ART. 10 DE LA LEY DE ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ART. 3 FRACCIÓN VI Y 20 BIS DE LA LEY QUE CREA LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS DE ASISTENCIA SOCIAL DENOMINADOS SMDIF.
ART. 5 FRACCIÓN XXXII, XXXIII, XXXIV, 13, 16, 58 FRACCIÓN IV, 59, 60, 62, 63, 75, 84 FRACCIÓN VI, 86 FRACCIÓN V Y VII DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 1.79, 2.327, 2.348 Y 4.17 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART. 2 FRACCIÓN IV, 37, 46, Y 49 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE MÉXICO.
ART.65 DEL BANDO MUNICIPAL DE OTZOLOTEPEC 2022.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
SE ATIENDE DE MANERA INMEDIATA A LA VICTIMA DEL MALTRATO.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.