Gobierno del Estado de México
 

CERTIFICACION DE PLANO MANZANERO

Emisión de documento que certifica el registro gráfico y la manzana en dónde está inscrito el predio
PLAZA MORELOS No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. CENTRO, C.P. 56050, Papalotla, México
Costo:
$ 217 pesos.
Adicional:
Articulo 166 del código financiero del Estado de México y Municipios
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
CHEQUE CERTIFICADO
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Papalotla
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A SOLICITUD DEL INTERESADO

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. SOLICITUD POR ESCRITO
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

2. DOCUMENTO CON EL QUE ACREDITE LA
PROPIEDAD
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

3. RECIBO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL DEL AÑO
EN CURSO
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

4. IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL TITULAR (O CARTA
PODER O PODER NOTARIAL)
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

5. RECIBO DE PAGO DE LOS DERECHOS
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

6. CROQUIS DE UBICACIÓN
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. SOLICITUD POR ESCRITO
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

2. DOCUMENTO CON EL QUE ACREDITE LA
PROPIEDAD
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

3. RECIBO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL DEL AÑO
EN CURSO
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

4. IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL TITULAR (O CARTA
PODER O PODER NOTARIAL)
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

5. RECIBO DE PAGO DE LOS DERECHOS
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

6. CROQUIS DE UBICACIÓN
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. SOLICITUD POR ESCRITO
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

2. DOCUMENTO CON EL QUE ACREDITE LA
PROPIEDAD
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

3. 3.- RECIBO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL DEL AÑO
EN CURSO
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

4. IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL TITULAR (O CARTA
PODER O PODER NOTARIAL)
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

5. CROQUIS DE UBICACIÓN
NO
1, Simple
ARTÍCULO 170 FRACCIÓN II, XII, 171 FRACCIÓN XVIII, 173, 183 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS EN VIGOR. ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I, XXI, XXII, XIII DEL REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

PRESENTAR SOLICITUD DE SERVICIOS CATASTRALES POR ESCRITO, ADJUNTAR DOCUMENTOS DE SOPORTE, PAGAR DERECHOS, RECOGER PERSONALMENTE EL CERTIFICADO DE PLANO MANZANERO.
Dependencia u organismo:
Municipio Papalotla
Unidad administrativa responsable:
DIRECCION DE INGRESOS Y CATASTRO
Titular de la unidad administrativa responsable:
LIC. GABRIEL ALCANTAR VAZQUEZ
Cargo del titular:
DIRECTOR DE INGRESOS Y CATASTRO
Domicilio:
PLAZA MORELOS No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. CENTRO, C.P. 56050, Papalotla, México
Contacto:
Telefono1: ( 595 ) 9538579 Ext: 104
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: catastro.papalotla@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
CERTIFICADO DE PLANO MANZANERO
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. En Qué otra oficina puedo solicitar la certificación de PLANO MANZANERO ¿
Solamente en la DIRECCION DE INGRESOS Y CATASTRO DE PAPALOTLA
2. Puedo solicitar la certificación de plano manzanero de un predio ubicado en otro municipio?
NO, solamente se extienden certificaciones de claves catastrales de predios inscritos en el padrón catastral de Papalotla
3. Cual es el costo del trámite?
$217 ( 2.5 UMAS)
Fundamento legal:
Artículos 170 fracción II y XII, 171 fracción XVIII y 173 y 183 del Código Financiero del Estado de México
y Municipios.
Artículos 5 fracción I, 21, 22 y 23 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del
Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
SOLICITUD POR ESCRITO
DOCUMENTO CON EL QUE ACREDITE LA PROPIEDAD
RECIBO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL DEL AÑO EN CURSO
IDENTIFICACION OFICIAL DEL TITULAR (O CARTA PODER O PODER NOTARIAL)
RECIBO DE PAGO DE LOS DERECHOS
CROQUIS DE UBICACIÓN
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A SOLICITUD DEL INTERESADO
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
17/09/2020 12:59 pm



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