Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1.- SOLICITUD DEBIDAMENTE REQUISITADA
SI
1, Simple
+ LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, ARTICULO 96. SEXIES. DETERMINA LAS FUNCIONES DE ESTA DEPENDENCIA.
+DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS CAPITULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS SECCIÓN TERCERA DE LOS DERECHOS DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS, LIBRO QUINTO CAPITULO SEGUNDO ARTICULO 144.- POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES SE PAGARAN LOS SIGUIENTES DERECHOS : I.- POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS MUNICIPALES DE CONSTRUCCIÓN, CON VIGENCIA DE UN AÑO, EN CUALQUIERA DE SUS TIPOS DE OBRA NUEVA, AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, REPARACIÓN QUE NO AFECTE ELEMENTOS ESTRUCTURALES, REPARACIONES QUE AFECTEN ELEMENTOS ESTRUCTURALES Y LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE UNA OBRA AUTORIZADA, ASÍ COMO LAS PRÓRROGAS DE LAS MISMAS QUE SERÁN PROPORCIONALES AL TIEMPO SOLICITADO, SE PAGARÁN DERECHOS.
2. 2.- IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE
NO
1, Simple
+ LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, ARTICULO 96. SEXIES. DETERMINA LAS FUNCIONES DE ESTA DEPENDENCIA.
+DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS CAPITULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS SECCIÓN TERCERA DE LOS DERECHOS DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS, LIBRO QUINTO CAPITULO SEGUNDO ARTICULO 144.- POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES SE PAGARAN LOS SIGUIENTES DERECHOS : I.- POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS MUNICIPALES DE CONSTRUCCIÓN, CON VIGENCIA DE UN AÑO, EN CUALQUIERA DE SUS TIPOS DE OBRA NUEVA, AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, REPARACIÓN QUE NO AFECTE ELEMENTOS ESTRUCTURALES, REPARACIONES QUE AFECTEN ELEMENTOS ESTRUCTURALES Y LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE UNA OBRA AUTORIZADA, ASÍ COMO LAS PRÓRROGAS DE LAS MISMAS QUE SERÁN PROPORCIONALES AL TIEMPO SOLICITADO, SE PAGARÁN DERECHOS.
3. 3.- DOCUMENTO QUE ACREDITE LA PROPIEDAD O LA POSESIÓN EN CONCEPTO DE PROPIETARIO
NO
1, Simple
+ LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, ARTICULO 96. SEXIES. DETERMINA LAS FUNCIONES DE ESTA DEPENDENCIA.
+DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS CAPITULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS SECCIÓN TERCERA DE LOS DERECHOS DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS, LIBRO QUINTO CAPITULO SEGUNDO ARTICULO 144.- POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES SE PAGARAN LOS SIGUIENTES DERECHOS : I.- POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS MUNICIPALES DE CONSTRUCCIÓN, CON VIGENCIA DE UN AÑO, EN CUALQUIERA DE SUS TIPOS DE OBRA NUEVA, AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, REPARACIÓN QUE NO AFECTE ELEMENTOS ESTRUCTURALES, REPARACIONES QUE AFECTEN ELEMENTOS ESTRUCTURALES Y LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE UNA OBRA AUTORIZADA, ASÍ COMO LAS PRÓRROGAS DE LAS MISMAS QUE SERÁN PROPORCIONALES AL TIEMPO SOLICITADO, SE PAGARÁN DERECHOS.
4. 4.- CONSTANCIA DE ALINEAMIENTO Y NUMERO OFICIAL EN LOS CASOS DE OBRA NUEVA
NO
1, Simple
+ LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, ARTICULO 96. SEXIES. DETERMINA LAS FUNCIONES DE ESTA DEPENDENCIA.
+DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS CAPITULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS SECCIÓN TERCERA DE LOS DERECHOS DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS, LIBRO QUINTO CAPITULO SEGUNDO ARTICULO 144.- POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES SE PAGARAN LOS SIGUIENTES DERECHOS : I.- POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS MUNICIPALES DE CONSTRUCCIÓN, CON VIGENCIA DE UN AÑO, EN CUALQUIERA DE SUS TIPOS DE OBRA NUEVA, AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, REPARACIÓN QUE NO AFECTE ELEMENTOS ESTRUCTURALES, REPARACIONES QUE AFECTEN ELEMENTOS ESTRUCTURALES Y LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE UNA OBRA AUTORIZADA, ASÍ COMO LAS PRÓRROGAS DE LAS MISMAS QUE SERÁN PROPORCIONALES AL TIEMPO SOLICITADO, SE PAGARÁN DERECHOS.
5. 5.- LICENCIA DE USO DE SUELO
NO
1, Simple
+ LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, ARTICULO 96. SEXIES. DETERMINA LAS FUNCIONES DE ESTA DEPENDENCIA.
+DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS CAPITULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS SECCIÓN TERCERA DE LOS DERECHOS DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS, LIBRO QUINTO CAPITULO SEGUNDO ARTICULO 144.- POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES SE PAGARAN LOS SIGUIENTES DERECHOS : I.- POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS MUNICIPALES DE CONSTRUCCIÓN, CON VIGENCIA DE UN AÑO, EN CUALQUIERA DE SUS TIPOS DE OBRA NUEVA, AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, REPARACIÓN QUE NO AFECTE ELEMENTOS ESTRUCTURALES, REPARACIONES QUE AFECTEN ELEMENTOS ESTRUCTURALES Y LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE UNA OBRA AUTORIZADA, ASÍ COMO LAS PRÓRROGAS DE LAS MISMAS QUE SERÁN PROPORCIONALES AL TIEMPO SOLICITADO, SE PAGARÁN DERECHOS
6. 6.- CROQUIS ARQUITECTÓNICO. (60X90 CM)
NO
2, Simple
+ LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, ARTICULO 96. SEXIES. DETERMINA LAS FUNCIONES DE ESTA DEPENDENCIA.
+DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS CAPITULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS SECCIÓN TERCERA DE LOS DERECHOS DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS, LIBRO QUINTO CAPITULO SEGUNDO ARTICULO 144.- POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES SE PAGARAN LOS SIGUIENTES DERECHOS : I.- POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS MUNICIPALES DE CONSTRUCCIÓN, CON VIGENCIA DE UN AÑO, EN CUALQUIERA DE SUS TIPOS DE OBRA NUEVA, AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, REPARACIÓN QUE NO AFECTE ELEMENTOS ESTRUCTURALES, REPARACIONES QUE AFECTEN ELEMENTOS ESTRUCTURALES Y LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE UNA OBRA AUTORIZADA, ASÍ COMO LAS PRÓRROGAS DE LAS MISMAS QUE SERÁN PROPORCIONALES AL TIEMPO SOLICITADO, SE PAGARÁN DERECHOS.
7. 7- CARTA PODER O PODER NOTARIAL
NO
1, Simple
+ LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, ARTICULO 96. SEXIES. DETERMINA LAS FUNCIONES DE ESTA DEPENDENCIA.
+CODIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS CAPITULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS SECCIÓN TERCERA DE LOS DERECHOS DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS, LIBRO QUINTO CAPITULO SEGUNDO ARTICULO 144.- POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES SE PAGARAN LOS SIGUIENTES DERECHOS : X.- CUANDO LA LICENCIA DE USO DE SUELO, SE EXPIDA SOLAMENTE PARA EL ALINIAMIENTO Y NUMERO OFICIAL O ASIGNACION DE NUMERO OFICIAL, SE PAGARAN LOS DERECHOS DE ACUERDO A LA SIGUIENTE: A). POR EL ALINIAMIENTO Y NUMERO OFICIAL CUANDO ESTE NO SE INCLUYA EN LA LICENCIA DE USO DE SUELO, ASI COMO EL USO GENERAL DEL SUELO EN CENTIMETROS DE POBLACION NO ESTRATEGICOS: 1.- EN PREDIOS CON FRENTE A VIA PUBLICA HASTA DE 15 METROS. 2.- POR CADA METRO EXCEDENTE O FRACCION AL 10 % DE LA TARIFA ANTERIOR.