Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. La o el solicitante ingresa escrito de petición en hoja membretada, en las oficinas que ocupa la Dirección de Sustentabilidad Ambiental, dirigido al Titular incluyendo: domicilio, teléfono y correo electrónico.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
Artículo 73 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios,
Artículo 99 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios,
Artículo 25 fracción V y 26 Bis del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Artículo 86 fracción I del Reglamento de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad de Tlalnepantla de Baz
2. Copia de la licencia de Funcionamiento expedida por la Dirección de Promoción Económica.
NO
1, Simple
Artículo 86 fracción V del Reglamento de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad de Tlalnepantla de Baz.
3. Copia de la Identificación Oficial del solicitante o representante legal (INE)
NO
1, Simple
Artículo 86 fracción IX del Reglamento de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad del municipio de Tlalnepantla de Baz.
4. Copia simple por ambas caras del Acta Constitutiva o Poder Notarial del Solicitante
NO
1, Simple
Artículo 86 fracción II del Reglamento de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad del municipio de Tlalnepantla de Baz
5. Llenar el Formato Único para Trámites Ambientales, con información específica y técnica del establecimiento (el formato se proporciona en ventanilla), asimismo deberá anexar un diagrama de flujo o de proceso, donde se indiquen los puntos de utilización de agua, de generación de residuos no peligrosos y en el caso de que cuenten con equipo de combustión o que arroje alguna emisión a la atmosfera señalar en qué punto se encuentra
SI
1, Simple
Artículo 86 fracción III del Reglamento de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad de Tlalnepantla de Baz.
6. Estudio original actual de la medición de agua residual a la red de drenaje municipal, realizado por un laboratorio acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) de cada punto generador de estas descargas.
SI
1, Simple
Artículo 86 fracción VII del Reglamento de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad de Tlalnepantla de Baz.
7. Plano hidráulico, NO se acepta el que viene en el estudio de laboratorio acreditado por la EMA que realizó el muestreo
SI
1, Simple
Artículo 86 fracción VIII del Reglamento de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad de Tlalnepantla de Baz.
8. Copia fotostática del Oficio de Evaluación en Materia Ambiental
NO
1, Simple
Artículo 86 fracción IX del Reglamento de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad de Tlalnepantla de Baz.