Fundamento legal:
ARTÍCULOS 8, 14,16 PRIMER PÁRRAFO, 108 ULTIMO, 109 FRACCIÓN ILL Y 113 PÁRRAFO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
ARTÍCULOS 122 Y 130 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO.
ARTÍCULOS 110, 111, 112 168 Y 170 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO.
ARTÍCULOS I, 2, 4, 9 FRACCIÓN V, 10, 50, SI, 52, 68, 94, 95, 96, 97, 98 Y 99 DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULOS I, 2, 6, 7, 9, 12, 25, 30, 37, 106, 113, 114, 123 Y 127 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
EL TRÁMITE SE RESUELVE EN BASE A LAS PRUEBAS QUE SE OFREZCAN, Y SI SE ACREDITA QUE TRANSGREDIÓ EL SERVIDOR PÚBLICO ALGUNA DE SUS OBLIGACIONES EN EL SERVICIO PÚBLICO, ASÍ MISMO PUEDE SER ARCHIVADO EN CASO DE QUE NO REÚNA LOS REQUISITOS.
Resultado o documento a obtener en la gestión electrónica del trámite en línea (realizado de principio a fin):
DENUNCIA
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.