Gobierno del Estado de México
 

Certificación de No Adeudo de Impuesto Predial

Información referente a que el contribuyente, está al corriente en su pago de predial, en el año que corre.
Avenida Morelos No. Ext. 12 No. Int. , Col. Centro, C.P. 51100, Santo Tomás, México
Costo:
$ 217 pesos.
Adicional:
ART 147, FRACC. III, del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2021 al 31/12/2021.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería Municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Santo Tomás
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Para tramites de escrituración ante notario.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido.
SI
NO
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Recibo predial al corriente.
NO
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Copia identificación oficial del propietario o poseedor.
NO
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Copia identificación oficial de la persona autorizada y original carta poder (en caso de no poder acudir el propietario).
SI
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Original de acuerdo o autorización de copropietarios.
SI
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Copia identificación oficial del representante legal y original documento notarial (en caso de no poder acudir el propietario).
SI
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

7. Pago del servicio.
NO
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

8. Documento de propiedad (escritura pública, contrato privado de compra-venta, de cesión o de donación, sentencia judicial que haya causado ejecutoria, traslado de dominio autorizada con recibo de pago, acta de entrega de inmuebles de interés social, cedula de contratación de dependencia oficial para regulación de tierra, titulo, certificado o cesión de derechos agrarios ejidales o comunales con sentencia e inmatriculación administrativa o judicial, acta constitutiva).
NO
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido.
SI
NO
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Recibo predial al corriente.
NO
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Copia identificación oficial del propietario o poseedor.
NO
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Copia identificación oficial de la persona autorizada y original carta poder (en caso de no poder acudir el propietario).
SI
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Original de acuerdo o autorización de copropietarios
SI
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Copia identificación oficial del representante legal y original documento notarial (en caso de no poder acudir el propietario).
SI
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

7. Pago del servicio.
NO
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

8. Documento de propiedad (escritura pública, contrato privado de compra-venta, de cesión o de donación, sentencia judicial que haya causado ejecutoria, traslado de dominio autorizada con recibo de pago, acta de entrega de inmuebles de interés social, cedula de contratación de dependencia oficial para regulación de tierra, titulo, certificado o cesión de derechos agrarios ejidales o comunales con sentencia e inmatriculación administrativa o judicial, acta constitutiva).
NO
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido.
SI
NO
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Recibo predial al corriente.
NO
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Copia identificación oficial del propietario o poseedor.
NO
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Copia identificación oficial de la persona autorizada y original carta poder (en caso de no poder acudir el propietario).
SI
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Original de acuerdo o autorización de copropietarios.
SI
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Copia identificación oficial del representante legal y original documento notarial (en caso de no poder acudir el propietario).
SI
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

7. Pago del servicio.
NO
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

8. Documento de propiedad (escritura pública, contrato privado de compra-venta, de cesión o de donación, sentencia judicial que haya causado ejecutoria, traslado de dominio autorizada con recibo de pago, acta de entrega de inmuebles de interés social, cedula de contratación de dependencia oficial para regulación de tierra, titulo, certificado o cesión de derechos agrarios ejidales o comunales con sentencia e inmatriculación administrativa o judicial, acta constitutiva).
NO
1, Simple
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

1. Se recibe la solicitud.
2. Se revisan los requisitos.
3. Elaboración de la orden de pago y se emite en el área de Tesorería Municipal.
4. Se pasa la Certificación al área de Tesorería Municipal para firmas y sellos para ser entregada.
Dependencia u organismo:
Municipio Santo Tomás
Dirección general:
Tesorería Municipal
Unidad administrativa responsable:
Coordinación de Catastro Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Agustín Pérez Castillo
Cargo del titular:
Coordinador de Catastro Municipal
Domicilio:
Avenida Morelos No. Ext. 12 No. Int. , Col. Centro, C.P. 51100, Santo Tomás, México
Contacto:
Telefono1: ( 726 ) 11-01-264 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: agustinperez@santotomas.gob.mx
Horario y días de atención:
De 8:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Certificación de No Adeudo de Impuesto Predial.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. En qué otra oficina de este ayuntamiento, me la pueden expedir también?
En Tesorería Municipal
2. En caso de extravío de este documento, puedo solicitar reposición del mismo?
Si, y tiene que realizar la solicitud personal el mismo dueño del predio a través de una identificación oficial.
3. La puedo solicitar en línea.
No, solo se puede otorgar en esta oficina.
Fundamento legal:
Art. 47 BIS. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Art. 147 Fracc. III, Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
No se otorga, cuando no está registrado el inmueble en el padrón catastral y/o sistema de gestión catastral
No se otorga, cuando el inmueble está en litigio, hasta que se resuelva
El tiempo de respuesta depende de la revisión de los requisitos y la firma del tesorero.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Para tramites de escrituración ante notario.
Última actualización:
24/02/2021 10:50 am



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