1. ¿EN QUE CONSISTE LA TRAMITACIÓN DE QUEJAS O DENUNCIAS?
CONSISTE EN PRESENTAR UNA DENUNCIA O QUEJA EN CONTRA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS POR ALGUNA IRREGULARIDAD QUE LOS AFECTE DIRECTAMENTE O INDIRECTAMENTE; EN LA CUAL DE SER ADMITIDA SE DARÁ SEGUIMIENTO A UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO POR LO CUAL SE INICIARA UNA INVESTIGACIÓN EN CONTRA DEL SERVIDOR PUBLICO.
2. ¿PUEDO PRESENTAR DENUNCIA CONTRA CUALQUIER SERVIDOR PUBLICO?
NO SE PUEDEN PRESENTAR DENUNCIA CONTRA SERVIDORES PÚBLICOS DE ELECCIÓN POPULAR (PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO, REGIDORES)
3. ¿SE PUEDEN LEVANTAR DENUNCIAS EN CONTRA DE LOS POLICÍAS MUNICIPALES?
SI, SOLO SE LEVANTARA LA DENUNCIA EN CONTROLARÍA INTERNA, SE LE DARÁ TRAMITE Y EL EXPEDIENTE SERA REMITIDO A LA COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA PARA DARLE CONTINUIDAD AL PROCEDIMIENTO