Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documento que acredita la propiedad y/o posesión del inmueble
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 y 182, así como el apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México, Manual de Procedimientos de la Dirección de Catastro, Numerales 100, 101, 102 y 103 del Código Reglamentario Municipal de Otumba, Estado de México, Articulo 122 del Bando Municipal de Otumba. Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro
2. Identificación oficial vigente (INE) del comprador y vendedor
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 y 182, así como el apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México, Manual de Procedimientos de la Dirección de Catastro, Numerales 100, 101, 102 y 103 del Código Reglamentario Municipal de Otumba, Estado de México, Articulo 122 del Bando Municipal de Otumba. Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro Dichos.
3. Recibo de pago del impuesto predial al año fiscal corriente
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 y 182, así como el apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México, Manual de Procedimientos de la Dirección de Catastro, Numerales 100, 101, 102 y 103 del Código Reglamentario Municipal de Otumba, Estado de México, Articulo 122 del Bando Municipal de Otumba. Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro
4. Carta poder que acredite su personalidad
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 y 182, así como el apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México, Manual de Procedimientos de la Dirección de Catastro, Numerales 100, 101, 102 y 103 del Código Reglamentario Municipal de Otumba, Estado de México, Articulo 122 del Bando Municipal de Otumba. Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro