Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar ante el Titular de la Tesorería Municipal, la solicitud de Cambio de Uso del Suelo, de Densidad, del Coeficiente de Ocupación, del Coeficiente de Utilización y de Altura de Edificaciones de un lote o predio, mediante el Formato Único de Solicitud acompañando los documentos siguientes:
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
2. Original o copia certificada del documento que acredite la propiedad inscrita en el Instituto de la Función Registral del Estado de México.
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
3. Copia del acta constitutiva o del contrato respectivo tratándose de fideicomisos, dichos documentos deberán estar inscritos en el instituto de la Función Registral del Estado de México IFREM.
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
4. Original o copia certificada del poder notarial otorgado por el propietario del predio, que faculte al solicitante para realizar el trámite e identificación oficial del apoderado.
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
5. Plano de localización del predio o inmueble con sus medidas y colindancias, con coordenadas UTM, este último en medio digital.
SI
NO
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
6. Anteproyecto del desarrollo y su memoria descriptiva que contendrá las características físicas del predio o inmueble, de su superficie, accesos viales, colindancias y nombre de las calles circundantes, así como descripción de las actividades que pretende, en su caso.
SI
NO
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
7. Anteproyecto arquitectónico, impreso y en medio digital.
SI
NO
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
8. Dictamen Único de Factibilidad, en caso de cambio de uso de suelo a otro Uso de Impacto Regional (los indicados en el Art. 5.35 Código Administrativo del Estado de México, aquellos que señale el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Atizapán de Zaragoza vigente).
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
9. Para los casos que no causen impacto regional, Dictamen de factibilidad de servicios de agua potable y drenaje, así como de incorporación a los sistemas de agua potable y alcantarillado, en el que se definan los puntos de conexión de agua potable y los de descarga de aguas residuales, el cual será emitido por el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable Alcantarillado SAPASA.
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.