Gobierno del Estado de México
 

Conexión al drenaje

Es el trámite que se brinda a la ciudadanía para conectarlo a la red de conducción de drenaje siempre que este carezca del servicio.
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
 

Costo

Costo
$2,263
Costo
$8,253
Adicional:
Artículos 129 fracción III y 130 bis. Código Financiero del Estado de México y Municipios, Capitulo segundo de los Derechos Sección Primera,
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2024 al 31/12/2024.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En la oficina de Tesorería Municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Otumba
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los particulares tengan interés o necesidad de conectarse al sistema de red de drenaje municipal

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Identificación oficial vigente.
NO
1, Simple
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

2. Pago de predial al corriente o documento que acredite la propiedad.
NO
1, Simple
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

3. Constancia de mejoras por parte de autoridades auxiliares (1er delegado).
SI
NO
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

4. Permiso de Ruptura o corte de pavimentación para la Introducción de Servicios Municipales. (Desarrollo Urbano)
NO
1, Simple
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

5. Croquis de la localización del predio.
NO
1, Simple
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Identificación oficial
NO
1, Simple
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

2. Pago de predial al corriente o documento que acredite la propiedad.
NO
1, Simple
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

3. Constancia de mejoras por parte de autoridades auxiliares (1er delegado).
SI
NO
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

4. Permiso de Ruptura o corte de pavimentación para la Introducción de Servicios Municipales. (Desarrollo Urbano)
NO
1, Simple
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

5. Croquis de la localización del predio.
NO
1, Simple
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Identificación oficial
NO
1, Simple
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

2. Pago de predial al corriente o documento que acredite la propiedad.
NO
1, Simple
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

3. Constancia de mejoras por parte de autoridades auxiliares (1er delegado).
SI
NO
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

4. Permiso de Ruptura o corte de pavimentación para la Introducción de Servicios Municipales. (Desarrollo Urbano)
NO
1, Simple
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

5. Croquis de la localización del predio.
NO
1, Simple
Manual de procedimientos del Área de Agua Potable, Drenaje y alcantarillado.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los documentos requeridos en original y copia son utilizados para crear archivo y se quedan en resguardo del área.

El solicitante acude a la Coordinación de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado para solicitar su conexión de drenaje.
Se le dan los requisitos que solicitan para la conexión.
El solicitante regresa con su documentación solicitada.
Se reciben los documentos y se le hace entrega de una orden de pago, y realiza el pago correspondiente en las oficinas de tesorería.
Se le saca copia del comprobante de pago y la original se le da al solicitante y dentro de los 3 días siguientes un fontanero realizara la visita para indicar donde se ubica la conexión y el solicitante lo pueda realizar por su cuenta con la persona que contrato.
Dependencia u organismo:
Municipio Otumba
Dirección general:
Dirección de Servicios Públicos
Unidad administrativa responsable:
Coordinación de Agua Potable Drenaje y Alcantarillado de Otumba
Titular de la unidad administrativa responsable:
EDGAR ALBERTO GONZÁLES DELGADILLO
Cargo del titular:
Coordinador de Agua Potable Drenaje y Alcantarillado
Domicilio:
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
Contacto:
Telefono1: ( 592 ) 92 2 23 44 Ext: 105
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: otumba.aguapotable.2224@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Conexión al sistema de red de drenaje municipal
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿El personal del Ayuntamiento excavará para poder realizar el drenaje?
No, la excavación y el material es por cuenta del usuario
2. ¿Qué materiales se utilizan?
El material se lo indicara su albañil.
3. ¿El personal del área de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado hace la conexión al drenaje?
No, la conexión al drenaje debe hacerla el usuario con apoyo de un albañil.
Fundamento legal:
Artículo 33, 37, 67, 68, 70 y 124 fracciones II y IV la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se le otorga a todo ciudadano que lo solicite y cumpla con los requisitos y cubra el pago de derechos
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los particulares tengan interés o necesidad de conectarse al sistema de red de drenaje municipal
Última actualización:
14/05/2024 10:19 am



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