Gobierno del Estado de México
 

Dictamen de Giro

Es el documento de carácter permanente emitido por el Comité Municipal de Dictámenes de Giro, sustentado en las evaluaciones técnicas de factibilidad en materias de salubridad local tratándose de venta de bebidas alcohólicas al copeo y rastros, cuya finalidad es determinar el funcionamiento de unidades económicas.
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Otumba
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
25 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Aplica a todo ciudadano, persona física o moral, que pretenda abrir una empresa o negocio con venta de bebidas alcohólicas al copeo y/o rastros dentro del territorio Municipal o en caso de apertura de nuevas unidades comerciales, en caso de renovación de licencia de funcionamiento cuando las unidades económicas no contaron con el dictamen único de factibilidad hasta el 05 de enero de 2021, en caso de variación de aforo, superficie, cambio de giro.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar formato de solicitud.
SI
NO
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

2. Identificación oficial vigente (INE).
NO
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

3. Documento con el que acredite la propiedad o posesión.
NO
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

4. Constancia, cédula de situación fiscal (RFC) actualizada.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

5. Descripción general del Proyecto.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

6. Especificar si requiere cambio de uso de suelo, densidad, coeficiente de ocupación, etc.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

7. Evaluación Técnica de Impacto Sanitario.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

8. Evaluación Técnica de Medio Ambiente.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

9. Evaluación Técnica de Protección Civil.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

10. Evaluación Técnica de Impacto Urbano.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar formato de solicitud.
SI
NO
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

2. Identificación oficial vigente (INE).
NO
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

3. Acta Constitutiva en caso de ser persona moral.
NO
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

4. Documento con el que acredite la propiedad o posesión del inmueble
NO
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

5. Constancia, cédula de situación fiscal (RFC) actualizada.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

6. Descripción general del Proyecto.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

7. Especificar si requiere cambio de uso de suelo, densidad, coeficiente de ocupación, etc.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

8. Evaluación Técnica de Impacto Sanitario.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

9. Evaluación Técnica de Medio Ambiente.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

10. Evaluación Técnica de Protección Civil.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

11. Evaluación Técnica de Impacto Urbano.
SI
1, Simple
Artículos 20 Ter y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México los documentos se quedan en resguardo de la Dirección de Desarrollo Económico y sirven para el expediente del dictamen.

El ciudadano se presenta en la oficina de Desarrollo Económico y Mejora Regulatoria, para solicitar informes.
El personal del área le brindan la información así mismo se le indican los requisitos generales y se le proporciona un formato de solicitud.
Se presenta en la oficina de Desarrollo Económico y Mejora Regulatoria, para iniciar el trámite de su Dictamen de giro, con los requisitos y formato debidamente llenado.
Si la documentación es correcta se realiza un expediente físico, se le entrega acuse de recibido al solicitante.
Se comienza con el proceso interno con el Comité de Dictamen de giro.
Mediante un oficio le indica al solicitante de los documentos específicos que deberá reunir.
El ciudadano regresa con la documentación solicitada y el personal del área recibe la documentación y acusa de recibido.
Se continua con el proceso interno, con el Comité de Dictamen de Giro.
Se le informa al solicitante que se realizara una verificación a su establecimiento, por parte de las diferentes áreas que integran el comité de Giro.
Las diferentes áreas que integran el comité de Giro realizan las verificaciones correspondientes.
Si el establecimiento cuenta con la verificación, se realiza una evaluación técnica, si no cumple tendrá un lapso el solicitante de 3 días para subsanar las irregularidades y se realizará nueva visita de verificación.
Se continua con el proceso interno con el Comité de Dictamen de Giro, dando una resolución en la cual se expresan los motivos si es o no favorable la emisión de un dictamen de giro.
El Solicitante se presenta con su contra recibo de solicitud y se le informa la resolución de su trámite.
Si su dictamen es favorable se realiza la Placa del Dictamen de Giro y se le entrega al solicitante mismo que acusa de recibido.
Dependencia u organismo:
Municipio Otumba
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Económico y Mejora Regulatoria
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Económico y Mejora Regulatoria de Otumba
Titular de la unidad administrativa responsable:
LIC.MISAEL MORENO HERNANDEZ
Cargo del titular:
Director de Desarrollo Económico y Mejora Regulatoria
Domicilio:
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
Contacto:
Telefono1: ( 592 ) 92 2 23 44 Ext: 111
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: otumba.dde.mr.2224@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Dictamen de Giro.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
2 mes(es)
Duración del trámite o servicio:
25 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
2 mes(es)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Tramitando mí Dictamen de Giro ya puedo funcionar?
No, después de adquirir su dictamen de giro favorable, tendrán que tramitar su licencia.
2. ¿Con ustedes puedo tramitar mi licencia de funcionamiento?
No, en la Dirección de Reglamentos y Vía Pública puede realizar su trámite.
3. ¿Si mi dictamen de giro sale negativo que tengo que hacer?
Volver a iniciar el proceso para obtener su dictamen de giro, subsanado lo señalado.
Fundamento legal:
Artículos 2 fracción XII, 20 Bis, Ter, Cuater, Quinquies, Sexteies, Septies, Octies, Nonies, Decies y 81 de la Ley de competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
Artículos 153, 154, 155 y 156 del Bando Municipal de Otumba 2024
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se brinda el servicio a todas las personas que pretendan abrir una empresa o negocio con venta de bebidas alcohólicas al copeo o rastros que pertenezcan al Municipio de Otumba.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Aplica a todo ciudadano, persona física o moral, que pretenda abrir una empresa o negocio con venta de bebidas alcohólicas al copeo y/o rastros dentro del territorio Municipal o en caso de apertura de nuevas unidades comerciales, en caso de renovación de licencia de funcionamiento cuando las unidades económicas no contaron con el dictamen único de factibilidad hasta el 05 de enero de 2021, en caso de variación de aforo, superficie, cambio de giro.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
27/05/2024 10:16 am



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