1. ¿La Contraloría puede intervenir para que se brinden los servicios públicos que hacen falta?
No, la Contraloría conforme a las atribuciones que le confiere la normatividad vigente, da seguimiento a las solicitudes que se han ingresado a las diversas Dependencias y Órganos Desconcentrados Municipales, a fin de verificar que los titulares de las mismas las atiendan, siempre y cuando estas solicitudes ya hayan sido hechas del conocimiento a las áreas correspondientes.
2. ¿Si se sugiere que se mejoren los trámites que se realizan en el municipio, la Contraloría que hace al respecto?
Una vez que se recibió la sugerencia, la Contraloría la remite al Órgano Desconcentrado ó Dependencia correspondiente, para que en el caso de ser viable sea atendida. Cuando la sugerencia es competencia de alguno de los Organismos Descentralizados, se remite la misma al Órgano Interno de Control del Organismo Descentralizado competente para su trámite, atención y seguimiento y de la misma.
3. ¿Qué es un Reconocimiento y para qué sirve?
Es la manifestación de agradecimiento por particulares que se presentan ante la Contraloría Municipal; y se relacionan con las actividades o desempeño del personal de las Dependencias y Órganos Desconcentrados por la atención brindada o servicio recibido.