Gobierno del Estado de México
 

Regularización de predios

Es el procedimiento para la regularización de predios, traslados de dominio y asignación de clave catastral.
Av. la Super No. Ext. Lote 3, 7A-7B, Manzana C 44 No. Int. , Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Cuautitlán Izcalli
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Regularización de predios urbanos.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por medio de escrito libre, firmado por el solicitante, dirigido al Titular de la Dirección de Desarrollo Urbano e Infraestructura.
SI
4, Simple
Artículo 8, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. Contrato de compraventa y antecedente.
SI
4, Simple
Artículo 6 fracción IV de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. Articulo 5.23 y 5.26 fracción IV del Código Administrativo del Estado de México.

3. Constancia de no ejido, emitida por el Comisariado Ejidal correspondiente.
NO
4, Simple
Artículo 6 fracción IV de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. Articulo 5.23 y 5.26 fracción IV del Código Administrativo del Estado de México.

4. Escrituras expedidas o Cédula de Contratación por el Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS)
NO
2, Simple
Artículo 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Título de propiedad expedido por el Registro Agrario Nacional (RAN).
NO
2, Simple
Artículo 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

6. Croquis de localización, indicando los limites y colindancias.
NO
4, Simple
Artículo 8 fracción I inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

7. Identificación oficial vigente con fotografía del solicitante.
NO
4, Simple
Artículos 8 fracción II inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

El ciudadano ingresa la solicitud por medio de un escrito libre, con número telefónico, nombre y firma autógrafa y anexa requisitos, como son: copia del documento que acredite la propiedad y antecedente registral ante el IFREM (según corresponda)croquis de localización del predio, copia de identificación oficial y constancia ejidal en caso necesario.
El ciudadano deberá llevar al personal de la Coordinación de Asentamientos Humanos y Tenencia de la Tierra al predio para realizar el levantamiento topográfico.
Una vez concluido el trámite y que resulte favorable por todas las instancias involucradas, se informa al ciudadano solicitante, el numero de oficio con el que se turna a la Tesorería Municipal para dar continuidad en el área mencionada.
Dependencia u organismo:
Municipio Cuautitlán Izcalli
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Urbano e Infraestructura
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano e Infraestructura
Titular de la unidad administrativa responsable:
Arq. Ana Luisa Cambrón Degollado
Cargo del titular:
Titular de la Dirección de Desarrollo Urbano e Infraestructura
Domicilio:
Av. la Super No. Ext. Lote 3, 7A-7B, Manzana C 44 No. Int. , Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 58642500 Ext: 3001
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: desarrollo.urbano@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Oficio a la Tesorería Municipal, para la asignación de clave catastral.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Cuál es el seguimiento después de ingresar la solicitud?
Se realiza la verificación de linderos y se enviaran los datos a las áreas de Protección Civil y Patrimonio Municipal para sus respectivos dictámenes.
2. ¿Dónde solicito la constancia de No Ejido?
Con el Comisario Ejidal del Pueblo correspondiente.
3. ¿Se puede realizar el trámite mediante una carta poder?
Si
Fundamento legal:
Artículos 8, 14, 16, 115 fracción II inciso a) y fracción V, inciso e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 3, 7, 11 y 59, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.
Artículos 12, 31, 82, 83, 86 y 89, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 1.1 fracción IV, 1.2, 1.4, 1.5 fracción I y XII, 1.7, 1.8, 1.9, 1.10, 5.1, 5.3 fracción II, III, IV, IX, X, XII, XX, XXII, XXIII, XXIV, XXVI, XXIX, XXXI, XXXIII, XXXVIII y XXXIX, 5.4, 5.5, 5.6, 5.10 fracciones I, VII, XV, XIX, XXI, 5.35, 5.40, 5.41, 5.42, 5.43, 5.55, 5.56 y 5.57, del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 1, 4, 8, 9, 151, del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 1, 116, 118, 119, 132 fracción III, 135 y 136, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 21, 22, 26, 37 fracción II, 38 fracción IX, XVIII, XXI, XXII, XXIII y XLIII del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México (2022-2024)
Artículo 15, Título Quinto, Capítulo Segundo de la Administración Pública Municipal Artículo 27 fracción VI, del Bando Municipal de Cuautitlán Izcalli 2024
Apartado 7.1.1 de la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del Municipio de Cuautitlán Izcalli y Fe de Erratas.
Artículos 21, 22 fracción primera inciso e), Capítulo Segundo artículo 26, Capítulo Séptimo Artículo 37 Fracción I, 38 Fracción II, IX, XVIII, XIX, XXI, XXII, XXIII, XXXVII, XLIII, XLVI, L y LI del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. (2022-2024)
Artículo 5 fracción X, Capítulo Tercero artículo 6, 7 fracción I inciso d), 9 fracción II, XXII, XXIII, Capítulo Octavo artículo 14, fracción I, V, VI, VII y XX del Reglamento Interno de la Dirección de Desarrollo Urbano e Infraestructura el Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
En caso de que se encuentre en una zona de alto riesgo según el dictamen emitido por protección civil o en caso de que se trate de un predio municipal el trámite se dictaminará negativo.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Regularización de predios urbanos.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
21/06/2024 10:06 am



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