Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido.
SI
NO
Artículo 171 Fracciones I, II y III, 175 bis 180, 181 y 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave Catastral, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 24, 26 y 27, 34 Fracción E) y 37 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, denominado del catastro.
2. Identificación oficial vigente del propietario o poseedor del inmueble (INE, pasaporte, Cedula Profesional).
SI
1, Simple
Artículo 171 Fracciones I, II y III, 175 bis 180, 181 y 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave Catastral, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 24, 26 y 27, 34 Fracción E) y 37 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, denominado del catastro.
3. Carta poder en caso de quien realice el trámite no sea el propietario (INE, pasaporte, cédula profesional), de quien recibe, quien otorga el poder y testigos.
SI
1, Simple
Artículo 171 Fracciones I, II y III, 175 bis 180, 181 y 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave Catastral, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 24, 26 y 27, 34 Fracción E) y 37 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, denominado del catastro.
4. Comprobante del pago de Impuesto Predial.
SI
1, Simple
Artículo 171 Fracciones I, II y III, 175 bis 180, 181 y 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave Catastral, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 24, 26 y 27, 34 Fracción E) y 37 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, denominado del catastro.
5. Documento donde se acredite la propiedad o posesión del inmueble pudiendo ser los siguientes:
a. Escritura pública
b. Contrato privado de compraventa, cesión o donación
c. Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria
d. Manifestación del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad respectiva y el recibo de pago correspondiente.
e. Acta de entrega, cuando se trate de inmuebles de interés social
f. Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra
g. Título certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes; así como la sentencia emitida por el tribunal agrario
h. Inmatriculación administrativa o judicial, con su ejecutoria.
Nota: la documentación en original y fotocopias se requieren para cotejo, deben estar legibles, sin tachaduras y enmendaduras.
SI
1, Simple
Artículo 171 Fracciones I, II y III, 175 bis 180, 181 y 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave Catastral, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 24, 26 y 27, 34 Fracción E) y 37 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, denominado del catastro.