Gobierno del Estado de México
 

Verificación de Linderos

Este servicio cumple con los trabajos y metodologías de un levantamiento topográfico Catastral, y no requiere de la notificación a los propietarios de los inmuebles colindantes; generalmente la solicitud se origina cuando el propietario o poseedor interesado no está conforme con las medidas del perímetro o la superficie que contiene el documento que acredita la propiedad o posesión.
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada, No. Ext. S/N. No. Int. S/N., Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Adicional:
De acuerdo a la superficie de terreno se calculará el monto a pagar.
Artículo 166 Fracción VI del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2024 al 01/02/2025.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Bancos y Otro.
Otras alternativas:
Cajas de la Tesorería Municipal ubicadas en el Palacio Municipal.

Bancos autorizados
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En los que el propietario o poseedor no este conforme con las medidas y superficies del documento que acredita la propiedad siempre y cuando proporcione la relación de colindantes del inmueble en el que se va a realizar el servicio.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. La o el solicitante se apersona en Coordinación de Catastro e ingresa Formato de Solicitud de Servicios Catastrales debidamente llenado, firmado y requisitado, para lo cual deberá anexar:
SI
NO
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; apartado I.3 política ACGC014 punto 9, apartado III. 2.3 política VL002.punto 1 del manual catastral del Estado de México.

2. El cual deberá anexar: documento con el que acredite la propiedad del inmueble (Escritura Pública, Sentencia Judicial con Ejecutoria, Contrato de Compra venta, Traslado de Dominio con su comprobante de pago, etc.)
NO
1, Simple
Apartado III.2.3 política VL002. punto 2 del Manual Catastral del Estado de México

3. Recibo de pago de impuesto predial al corriente o comprobante de pago (boucher bancario)
NO
1, Simple
Apartado III.2.3 política VL002 punto 3 del Manual Catastral del Estado de México

4. Copia de Identificación oficial del propietario o poseedor del inmueble y de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal (credencial de elector para votar vigente, cartilla, pasaporte, o cédula profesional).
NO
1, Simple
Apartado III.2.3 Política VL002 punto 5 del Manual Catastral del Estado de México

5. Carta poder e identificación oficial de quien solicite el trámite, en caso que no sea el propietario
SI
NO
Apartado III.2.3 Política VL002. punto 5 del Manual Catastral del Estado de México

6. Copia del recibo del pago de derechos por el servicio.
SI
1, Simple
Apartado III.2.3 política VL002 punto 6 del Manual Catastral del Estado de México

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. La o el solicitante se apersona en Coordinación de Catastro e ingresa Formato de Solicitud de Servicios Catastrales debidamente llenado, firmado y requisitado, para lo cual deberá anexar:
SI
NO
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; apartado I.3 política ACGC014 punto 9.

2. Documento con el que acredite la propiedad del inmueble (Escritura Pública, Testimonio Notarial, Sentencia judicial con ejecutoria, contrato de compra venta, traslado de dominio con su pago respectivo, etc.)
NO
1, Simple
Apartado III.2.3 política VL002. punto 2 del Manual Catastral del Estado de México

3. Recibo de pago de impuesto predial vigente o línea de captura con boucher bancario.
NO
1, Simple
Apartado III.2.3 política VL002 punto 3 del Manual Catastral del Estado de México

4. Identificación oficial del propietario (credencial para votar, cartilla militar, pasaporte)
NO
1, Simple
Apartado III.2.3 Política VL002 punto 5 del Manual Catastral del Estado de México

5. Identificación oficial vigente del propietario o poseedor del inmueble y de la persona autorizada mediante carta poder, en caso de que no sea el propietario.
SI
NO
Apartado III.2.3 Política VL002. punto 5 del Manual Catastral del Estado de México

6. Copia del recibo del pago de derechos por el servicio
SI
1, Simple
Apartado III.2.3 política VL002 punto 6 del Manual Catastral del Estado de México apartado II.3 política LT001, del Manual Catastral del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. La o el solicitante se apersona en Coordinación de Catastro e ingresa Formato de Solicitud de Servicios Catastrales debidamente llenado, firmado y requisitado, para lo cual deberá anexar
SI
NO
Apartado 1.3 Políticas ACGC014, punto 8, apartado III.1.3 política LT002 punto 1, del Manual Catastral del Estado de México

2. Documento con el que se acredite la propiedad del inmueble (Escritura Pública, Testimonio Notarial o Sentencia Judicial que haya causado ejecutoria).
NO
1, Simple
Apartado III.I.3 Políticas LT002, punto 3 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Identificación oficial del propietario (credencial para votar, cartilla, pasaporte, o cédula profesional vigente).
NO
1, Simple
Apartado III.I.3 Políticas LT002, punto 6 del Manual Catastral del Estado de México

4. Carta poder e identificación oficial de quien solicite el trámite en caso de no ser el propietario.
SI
1, Simple
Apartado III.I.3 Políticas LT002, punto 4 del Manual Catastral del Estado de México

5. Solicitud de certificación de clave y valor catastral.
SI
NO
Apartado 1.3 Políticas ACGC014, punto 8, apartado III.1.3 política LT002 punto 1, del Manual Catastral del Estado de México

6. Relación de nombres de los colindantes y de dos testigos con domicilio en el territorio municipal o en su caso oficio en el que se autoriza la exención del pago de dicho impuesto.
SI
NO
Apartado III.I.3 Políticas LT002, punto 2 del Manual Catastral del Estado de México

1.- El contribuyente deberá llenar la Solicitud de Servicios Catastrales, adjuntar la documentación que corresponda del apartado de requisitos y entregar el expediente formado en la Coordinación de Catastro
2.- Personal de la Coordinación de Catastro revisará el expediente formado y en su caso emitirá la liquidación correspondiente
3.- Se fijará fecha para que personal de la Coordinación de Catastro realice la verificación física del inmueble y sus colindantes
4.- En cinco días hábiles posteriores a la verificación física, se emitira oficio y plano de levantamiento topográfico
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Tesorería Municipal
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Ricardo Contreras Velázquez
Cargo del titular:
Tesorero Municipal
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada, No. Ext. S/N. No. Int. S/N., Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 53 66 38 00 Ext: 2195, 2418
Telefono2: ( ) 53 66 39 00
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: ricardo.contreras@tlalnepantla.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Oficio y plano de levantamiento topográfico
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. 1.¿Les tengo que informar a mis colindantes?
No, se realiza la verificaciòn al interior del predio.
2. ¿Qué costo tiene?
De acuerdo a la tarifa que estable el artículo 166 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios, considerando el rango de la superficie de terreno se calculará el monto a pagar.
3. 3.¿Se requiere obtener otro permiso provisional en otra instancia administrativa?
Como Instancia administrativa tenemos la facultad suficiente para realizar este servicio sin necesidad de que el contribuyente solicite algún permiso a otro instancia, ya qué se cuenta con todo el equipo e información para dar el resultado solicitado.
Fundamento legal:
Artículo 166 Fracción VI, 167, 168, 169, 171, 173, 175, 179 Y 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículo 21 y Artículo 22 numeral II inciso f del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios denominado "Del Catastro", Numeral III Manual Catastral del Estado de México, Artículo 12 Capítulo III de la Organización y Función de la Coordinación numeral XII, Artículo 15 Capítulo V de los trámites y servicios catastrales numeral IX del Reglamento del Catastro Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Que no exista controversia entre los predios colindantes o de otra índole sobre el inmueble motivo del servicio solicitado.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En los que el propietario o poseedor no este conforme con las medidas y superficies del documento que acredita la propiedad siempre y cuando proporcione la relación de colindantes del inmueble en el que se va a realizar el servicio.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
17/06/2024 05:16 pm



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