Gobierno del Estado de México
 

Solicitud de expedición de acta de defunción.

Consiste en el registro de la defunción de una persona que es la cesación completa y definitiva de los signos vitales en una persona física, que puede producirse de manera natural o de forma violenta.
Plaza de la Constitución. No. Ext. No. 1 No. Int. , Col. Barrio La Cabecera., C.P. 54660, Coyotepec, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Coyotepec
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del interesado cuando ocurre el fallecimiento de una persona.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud del interesado
SI
NO
Artículos 3.1, 3.16 del Código Civil del Estado de México

2. Certificado médico de defunción
SI
1, Simple
Artículos 3.1, 3.16 del Código Civil del Estado de México

3. Identificación Oficial vigente del solicitante
SI
1, Simple
Artículos 3.1, 3.16 del Código Civil del Estado de México

4. Orden de Inhumación
SI
1, Simple
Artículos 3.1, 3.16 del Código Civil del Estado de México

1. La persona solicitante se presenta a la oficina que ocupa la Oficialía de Registro Civil No. 1, para solicitar un Acta de defunción.
2. El personal adscrito a la Unidad de Registro Civil No. 1, solicita a la persona solicitante los requisitos establecidos.
3. El personal adscrito a la Unidad, revisa información, levanta el Acta de defunción, revisa el borrador para la verificación con la persona solicitante.
4. El personal adscrito a la Unidad Administrativa, realiza el alta del Acta de defunción en el Sistema Nacional de Registro de Identidad.
5. El personal adscrito a la Unidad Administrativa de Registro Civil No. 1, imprime el Acta de defunción en papel seguridad.
6. Se entrega a la persona solicitante, el Acta de defunción y en su caso, orden de inhumación o cremación al día y hora hábil siguiente.
Dependencia u organismo:
Municipio Coyotepec
Dirección general:
Secretaría del Ayuntamiento.
Unidad administrativa responsable:
Secretaría del Ayuntamiento.
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Patricia Flores Montoya.
Cargo del titular:
Secretaria del Ayuntamiento.
Domicilio:
Plaza de la Constitución. No. Ext. No. 1 No. Int. , Col. Barrio La Cabecera., C.P. 54660, Coyotepec, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 5592451190 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: secretaria.ayuntamiento@coyotepec.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Acta de Defunción.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
10 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Qué tengo que hacer para obtener el acta de defunción y la orden de inhumación?
Deberá tener el certificado médico, expedido por médico titulado o institución pública del sector salud, en caso de muerte por accidente, violenta y sospechosa, el oficio del ministerio público que ordene el asentamiento del acta de defunción o inhumación, con estos requisitos acudir a la oficiala del registro civil del lugar donde ocurrió el deceso, de preferencia presentar el acta de nacimiento y en su caso de matrimonio.
2. ¿Qué debo hacer para inhumar en otro lugar diferente al deceso de la persona?
Si la distancia es mayor de 100km, tramitar permiso de traslado ante sector salud con el certificado de defunción, y en su caso, oficio del ministerio público, acudir a la oficialía del registro civil parta el asentamiento de acta de defunción.
3. ¿En cuánto tiempo se debe inhumar (sepultar) a un apersona fallecida?
Dentro de las 48 horas siguientes al fallecimiento de la persona.
Fundamento legal:
Artículo 8 y 115 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 122 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, artículos 3.1, 3.29, 3.30, 3.31 y 3.32 del Código Civil del Estado de México; 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96 y 97 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, 18 fracción II inciso del Bando Municipal 2024, de Coyotepec, México, artículo 26 fracción XII del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Coyotepec, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
El solicitante deberá de cumplir con todos los requisitos solicitados para el trámite.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del interesado cuando ocurre el fallecimiento de una persona.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
07/03/2024 05:40 pm



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