Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar y firmar Formato Único de Trámites y
Servicios.
SI
1, Simple
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 115, 116, 118 y 119 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 166 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 21 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios denominado Del Catastro; y Apartados I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Políticas Generales ACGC001 y ACGC004, y III. Levantamientos topográficos catastrales y verificación de linderos, III.2. Verificación de linderos, Políticas Generales VL002 y VL003, ambos del Manual Catastral del Estado de México.
2. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble: Escritura Pública, Contrato privado de compra venta, cesión o donación, Sentencia de autoridad judicial con ejecutoria, Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y en el recibo de pago correspondiente, Acta de entrega cuando se trate de inmuebles de interés social, Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de tenencia de la tierra, Titulo, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como la sentencia emitida por el tribunal agrario, In matriculación administrativa o judicial o demás documentación requerida, según sea el caso, para la prestación del tramite o servicio catastral.
SI
1, Simple
Apartados I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México del Manual Catastral del Estado de México, y III. Levantamientos topográficos catastrales y verificación de linderos, III.2. Verificación de linderos, Políticas Generales VL002 y VL003, ambos del Manual Catastral del Estado de México.
3. Croquis de ubicación impreso de Google Maps
(vista satelital), toma cercana, marcando el
perímetro que ocupa el inmueble, especificando
distancia en metros de la esquina mas cercana a la
propiedad.
SI
1, Simple
Artículos 171 fracciones XII y XVII del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 19 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios denominado Del Catastro; y III. Levantamientos topográficos catastrales y verificación de linderos, III.2. Verificación de linderos, Política General VL002, ambos del Manual Catastral del Estado de México.
4. Identificación Oficial vigente del propietario o
poseedor del inmueble.
SI
1, Simple
Artículos 2.5 Bis fracciones II y III del Código Civil del Estado de México, 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Apartado I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
5. En caso de que el predio cuente con construcción,
presentar la licencia de construcción y terminación de obra, así como planos arquitectónicos.
SI
1, Simple
Artículo 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; y Apartados I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC004 y ACGC007, y III. Levantamientos topográficos catastrales y verificación de linderos, III.2. Verificación de linderos, Política General VL002, ambos del Manual Catastral del Estado de México.
6. Recibo de pago de impuesto predial del año corriente.
NO
1, Simple
Apartados I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México, de conformidad con el Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Manual Catastral del Estado de México, publicado por la Secretaria de Finanzas, a través del Periódico Oficial Gaceta de Gobierno y LEGISTEL el día miércoles 23 de marzo del año 2022 y III. Levantamientos topográficos catastrales y verificación de linderos, III.2. Verificación de linderos, Política General VL002, ambos del Manual Catastral del Estado de México.
7. Fotografías a color (No Google) de la fachada, de
los elementos constructivos y de todas las
construcciones que existan en el inmueble.
SI
NO
Artículos 171 fracción XII del Código Financiero del
Estado de México y Municipios y 19 del Reglamento del Titulo Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios denominado "Del Catastro".
8. En caso que el trámite lo realice un tercero,
presentar carta poder con copia de identificación
del otorgante, del que acepta el poder y de 2
testigos.
SI
NO
Artículo 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; y Apartados I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC004 y ACGC007, y III. Levantamientos topográficos catastrales y verificación de linderos, III.2. Verificación de linderos, Política General VL002, ambos del Manual Catastral del Estado de México.
9. Acta Constitutiva y Poder Notarial.
SI
1, Simple
Artículo 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Apartado I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC004 y ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México