Gobierno del Estado de México
 

Corrección de Datos de la Manifestación del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio.

Consiste en corregir las inconsistencias que pueda presentar la información registrada en la Manifestación del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y Otras Operaciones Traslativas de Dominio
Av. Primero de Mayo No. Ext. 100 No. Int. s/n, Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Costo:
$ 434 pesos.
Adicional:
El costo se actualiza con la UMA vigente.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 31/01/2025.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Cuautitlán Izcalli
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando existe información errónea en el contenido del recibo o en la manifestación del pago de Traslado de Dominio

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de Declaración para el Pago del Impuesto
sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio.
SI
1, Simple
Artículo 113, 114 y 116 del Código Financiero del
Estado de México y Municipios.

2. Documento que acredite la propiedad, siendo estos:
Escritura Pública Notariada, Sentencia de Autoridad Judicial con Ejecutoria, Cédula de Contratación ante Corett, Insus,Imevis y su respectivo recibo de pago, Titulo de Propiedad, In matriculación Administrativa o Judicial,Contrato Privado de Compra-Venta, Cesión o Donación, estos últimos deberán estar formalizados ante Notario Público, así como el antecedente de su primera manifestación.
SI
1, Simple
Artículos 113, 114 y 116 del Código Financiero del
Estado de México y Municipios.

3. Identificación oficial vigente del propietario del
inmueble.
NO
1, Simple
Artículo 118 fracción I del Código de
Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículo 2.5 Bis, fracción II del Código Civil del Estado de México.

4. Manifestación con correcciones
SI
NO
Artículo 113 y 114 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Pago del Derecho de Certificaciones relativas a
operaciones traslativas de dominio de bienes
inmuebles que no causen el Impuesto correspondiente,así como copia simple del Pago del Impuesto Predial al corriente..
SI
NO
Artículo 147 fracc. II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de declaración para el Pago del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio.
SI
1, Simple
Artículos 113, 114, 115, 116, 117 y 147 fracc. II del Código Financiero del Estado de México y
Municipios. Artículos 118 y 119 del Código de
Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículo 2.5 Bis fracción II del Código Civil del Estado de México.

2. Documento que acredite la propiedad, siendo estos:
Escritura Pública Notariada, Sentencia de Autoridad Judicial con Ejecutoria, Cédula de Contratación ante Corett, Insus,Imevis y su respectivo recibo de pago, Titulo de Propiedad, In matriculación Administrativa o Judicial, Contrato Privado de Compra-Venta, Cesión o Donación, estos últimos deberán estar formalizados ante Notario Público, así como el antecedente de su primera manifestación.
SI
1, Simple
Artículos 114 y 116 del Código Financiero del
Estado de México y Municipios.

3. Identificación oficial vigente del propietario del
inmueble.
NO
1, Simple
Artículo 118 fracción I del Código de
Procedimientos Administrativos del Estado de México. Articulo 2.5 Bis fracción II del Código Civil del Estado de México.

4. Manifestación con las correcciones correspondientes.
SI
NO
Artículo 113 y 114 del Código Financiero del Estado
de México y Municipios.

5. Pago del Derecho de Certificaciones relativas a
operaciones traslativas de dominio de bienes
inmuebles que no causen el impuesto correspondiente.
SI
NO
Artículo 113, 114, 115, 116, 117 y 147 fracc. II del
Código Financiero del Estado de México y
Municipios. Artículo 119 del Código de
Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Presentarse en la Ventanilla de Tramites de Tesorería Municipal.
Llenar Formato de Declaración para el pago del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y Otras Operaciones Traslativas de Dominio
Anexar documento que acredite la propiedad, copia de identificación oficial vigente del propietario del inmueble.
Obtener orden de pago por rectificación de datos de traslado de dominio
Realizar el pago de derechos en las cajas de la Tesorería.
En caso de que el tramite lo realice un tercero, presentar carta poder con copias de identificaciones vigentes del otorgante, del que acepta el poder y dos testigos.
Dependencia u organismo:
Municipio Cuautitlán Izcalli
Dirección general:
Tesorería Municipal
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtro. Ricardo Santos Arreola
Cargo del titular:
Titular de la Tesorería Municipal
Domicilio:
Av. Primero de Mayo No. Ext. 100 No. Int. s/n, Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 58640970 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: tesoreria.municipal@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Manifestación del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y Otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles corregida.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Por qué se debe realizar el trámite?
A efecto de que su Manifestación muestre sus datos sus datos correctos y tenga certeza jurídica sobre los datos del propietario
2. ¿Cómo se da seguimiento al trámite, en caso de no pagar el mismo día?
Se asigna un número de folio, con el cual se registra y se ubica el expediente ingresado.
3. ¿Cómo sé qué realmente se realizó la corrección?
El recibo del pago de Derechos aparecerá con la información correcta y se puede solicitar una Manifestación Catastral para verificarlo. Esta no tiene costo alguno
Fundamento legal:
Artículo 119 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 113, 114, 115, 116, 117 y 147, fracción ll del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Sin el recibo de pago de derechos no se formaliza el trámite. Los datos a modificar deben de coincidir con los que contiene el documento que acredite la propiedad; caso contrario, no se procederá a realizar la modificación.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando existe información errónea en el contenido del recibo o en la manifestación del pago de Traslado de Dominio
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
16/02/2024 10:34 am



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