Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documento que acredite la propiedad y/o posesión
en el caso del bien inmueble.
SI
1, Simple
Artículo 18 Bis, 32 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; numeral 5 y 5.2 de Reglas de Carácter General para la Representación ante las Autoridades Fiscales, derivadas del Artículo 18 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios. Artículo 3 de la Ley de Ingresos de los Municipios. Artículos 32, 33 y 34 del Código Financiero del Estado de México y
Municipios.
2. Identificación oficial vigente.
SI
1, Simple
Artículo 18 Bis, 32 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; numeral 3 y 3.2 de Reglas de Carácter General para la Representación ante las Autoridades Fiscales, derivadas del Artículo 18 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
3. Documento original donde se especifique la cantidad total a pagar (estado de cuenta, orden de pago, resolutivo).
SI
1, Simple
Artículo 32 del Código Financiero del Estado de
México y Municipios.
4. Pago correspondiente al 20% del monto total a
pagar, como pago inicial y a cuenta del adeudo.
SI
1, Simple
Artículo 32 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
5. En caso de que el trámite lo realice un tercero,
presentar Carta Poder y/o Poder Notarial con copia
de identificación oficial del otorgante, del que acepta el poder y de 2 testigos.
SI
1, Simple
Artículos 18 Bis, 32, 33 y 34 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; numerales 3, y 3.3 de Reglas de Carácter General para la Representación ante las Autoridades Fiscales, derivadas del Artículo 18 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios. 118 fracción I Código de procedimientos Administrativos del Estado de México.