Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Derribo/Poda de árbol, Solicitud debidamente requisitada y firmada por el propietario.
SI
NO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 18, 78 Y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; artículo 8, fracciones II, XVI de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, Norma Técnica Estatal Ambiental NTEN018/SeMAGEM/DS/2017; articulo 1.6 fracciones IX, X, artículo 2.6 fracción III, artículo 2.9, fracción XXIV, artículo 2.35 fracciones III, X del Código para la Biodiversidad del Estado de México; artículos 155, 156, 157 fracciones I, II, V, VIII, IX, XI, XIX, XX, XXI, XXVI, artículo 158 fracciones II, III, V, VIII, IX del Bando Municipal de Jilotzingo, Estado de México 2022.
2. Tratándose de persona jurídica colectiva deberá presentar escritura que acredite la constitución de la sociedad o asociación, así como poder notarial del representante legal.Carta poder simple con copia de las identificaciones de ambas (en su caso)
NO
1, Simple
3. Documento que acredite la propiedad o posesión, inscrito en el i.f.r.e.m. con pago del impuesto predial vigente.
NO
1, Simple
4. Croquis de localización.
NO
1, Simple
5. Reporte dictaminado por director de área, previa verificación.
SI
1, Simple
6. Reporte fotográfico del entorno y el inmueble objeto de derribo/poda.
SI
NO
7. Dictamen de protección civil (en su caso).
NO
1, Simple