Gobierno del Estado de México
 

Evaluación Técnica de Factibilidad de Impacto Sanitario

Sirve para regular la apertura y el funcionamiento de negocios con el fin de fortalecer la competitividad y lograr un ordenamiento comercial que cumpla con las leyes y normas en materia de salud.
Plaza Rayon No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ixtlahuaca
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se solicita un dictamen de Giro (es el documento emitido por el Comité Municipal de Dictámenes de Giro cuya finalidad es determinar el funcionamiento de unidades económicas).

1.- Se recibe Formato Único de Solicitud de Dictamen de Giro a través del Secretario Técnico del Comité Municipal de Dictámenes de Giro
2.- Se realiza la visita de Evaluación Técnica de Factibilidad de Impacto Sanitario
3.- Se emite el Dictamen de Evaluación de Impacto Sanitario que puede ser aprobado o rechazado
4.- Se entrega el resultado de la Evaluación Técnica de Factibilidad al Comité Municipal de Dictámenes de Giro
Dependencia u organismo:
Municipio Ixtlahuaca
Dirección general:
Dirección de Medio Ambiente y Cuidado de Recursos Naturales
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Medio Ambiente y Cuidado de Recursos Naturales
Titular de la unidad administrativa responsable:
L.B. Irma Lloali Reyes Reyes
Cargo del titular:
Directora de Medio Ambiente y Cuidado de Recursos Naturales
Domicilio:
Plaza Rayon No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 122 99 02 Ext: 309
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: medio_ambiente@ixtlahuaca.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Resultado de la Evaluación Técnica de Factibilidad de Impacto Sanitario
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Para qué sirve la Evaluación Técnica de Factibilidad de Impacto Sanitario?
Sirve para regular la apertura y el funcionamiento de negocios.
2. ¿Cada cuándo tengo que realizar el trámite?
El documento tiene una vigencia de un año.
3. ¿Cuál es el costo del trámite?
Dicho trámite se realiza de manera gratuita
Fundamento legal:
Artículos 1, 4, 14, 16, 115 fracciones II y V inciso d, e y g de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 26, 27, 28 y 29 de la Ley General para el Control del Tabaco.
NOM-251-SSA1-2009, Que establece las Prácticas de Higiene para el Proceso de Alimentos, Bebidas o Suplementos Alimenticios.
NOM-081-ECOL-1994, Que establece los Límites Máximos Permisibles de Emisión de Ruido de las Fuentes Fijas y su Método de Medición.
Artículos 113 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de México.
Artículos 7 fracciones VI, VII, VIII, IX y X, 20 Ter, 21 fracción V, 64, 75 y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
Artículos 28, 33 fracción XVII, 48 fracción X, 52 fracción III, 91 fracciones I, II, III, IV y V y 92 fracciones I, II, III, IV, V, VI y VII del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
Artículos1.1, 1.2 fracción I, 2.2 fracción IX, 2.35 fracción II, 2.9 fracciones V y XX, 2.194, 2.195, 2.196, 2.263 fracciones I y III, 2.290, 6.11 fracción IV y 6.26 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 13, 128 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 12 y 13 de la Ley de Prevención del Tabaquismo y Protección ante la Exposición al Humo del Tabaco en el Estado de México.
Artículos 31 I Bis, fracciones I y XXIII y 166 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 2 fracción V, 5 fracción IV y 31 del Reglamento del Comité Municipal de Dictámenes de Giro del Ayuntamiento de Ixtlahuaca.
Artículos 1, 5, 29 fracciones XXXII, XXXVI y XXXVII, 43 fracción II inciso n, 113, 114, 116 fracciones III, IX y XIV y 241 fracciones V, VII, VIII, X, XI, XII y XIX del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cumplir con los requisitos y con la normatividad vigente.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se solicita un dictamen de Giro (es el documento emitido por el Comité Municipal de Dictámenes de Giro cuya finalidad es determinar el funcionamiento de unidades económicas).
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
12/06/2023 11:29 am



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