Gobierno del Estado de México
 

Licencia De Construcción Movimiento De Tierras, Excavación Y/O Rellenos.

Se expide la licencia de construcción cuando se requiera realizar (movimiento de tierras), excavación y/o relleno de algún predio.
Santa ana centro No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Santa Ana, C.P. 54570, Jilotzingo, México
Costo:
$ 449 pesos.
Adicional:
- Por Cada 100 m3 Y Fracción
- Conforme al Art. 144 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2023 al 01/02/2024.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Jilotzingo
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
-Cuando el terreno se encuentre a desnivel, irregular.
-Al realizar una excavación.
-Cuando se requiera rellenar una superficie especifica.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada y firmada por el propietario.
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

2. Identificación oficial del propietario y/o solicitante.
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento que acredite la propiedad o posesión, inscrito en el i.f.r.e.m. acompañado con el pago del impuesto predial vigente.
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

4. Carta poder simple con copia de las identificaciones de ambas (en su caso).
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

5. Croquis de localización del área donde se va a realizar.
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

6. Memoria y programa del procedimiento a realizar.
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

7. Para el caso de excavaciones o rellenos deberán presentar planos topográficos indicando áreas de excavación en planta y sección, así como volumen de excavación firmados por perito, en su caso dictamen de impacto ambiental y protección civil. (solo en los casos que el trabajo implique riesgos).
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada y firmada por el propietario
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

2. Deberá presentar escritura que acredite la constitución de la sociedad o asociación, así como poder notarial del representante legal, tratándose de fideicomisos presentar el contrato correspondiente.
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento que acredite la propiedad o posesión, inscrito en el i.f.r.e.m. acompañado con el pago del impuesto predial vigente
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

4. Carta poder simple con copia de las identificaciones de ambas (en su caso).
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

5. Croquis de localización del área donde se va a realizar.
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

6. Memoria y programa del procedimiento a realizar.
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

7. Para el caso de excavaciones o rellenos deberán presentar planos topográficos indicando áreas de excavación en planta y sección, así como volumen de excavación firmados por perito, en su caso dictamen de impacto ambiental y protección civil. (solo en los casos que el trabajo implique riesgos).
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 y 18.23 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

Recepción de solicitud y revisión de documentación requerida.
Emisión de autorización y/o trámite correspondiente
Emisión de órdenes de pago
Pago de derechos en la tesorería.
Entrega de documento
Dependencia u organismo:
Municipio Jilotzingo
Dirección general:
Dirección de desarrollo urbano y obras públicas
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano y obras públicas
Titular de la unidad administrativa responsable:
Irma Lorena Gonzalez Zamora
Cargo del titular:
Directora de desarrollo urbano y obras públicas
Domicilio:
Santa ana centro No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Santa Ana, C.P. 54570, Jilotzingo, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) Ext: 118
Telefono2: ( )
Telefono3: ( ) 89969506
Fax:
Correo electrónico: desarrollo.urbano@jilotzingo.gob.mx
Horario y días de atención:
De 8:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia de movimiento de tierras, excavación y/o rellenos
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿A partir de qué profundidad se requiere la licencia?
A partir de 10.00 cm después de la capa vegetal.
2. ¿Para retirar la capa vegetal de un terreno necesito tramitar la licencia?
No, pero si debe de dar aviso a las autoridades como limpieza del terreno, para poder realizar una verificación y comprobar que efectivamente solo será limpieza.
3. ¿Para una cisterna se requiere licencia de excavación?
Fosas sépticas y cisternas con una capacidad de hasta ocho metros cúbicos.
Fundamento legal:
-Artículos 18.33, 18.59, 18.60, 18.61, del Código Administrativo del Estado de México.

-Artículo 144 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Criterios de resolución del trámite o servicio:
- Realizar el pago correspondiente.

- Cumplir con lo establecido en el fundamento jurídico.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
-Cuando el terreno se encuentre a desnivel, irregular.
-Al realizar una excavación.
-Cuando se requiera rellenar una superficie especifica.
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
15/02/2023 01:05 pm



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