Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar solicitud que se entrega en la oficialía.
SI
NO
Artículo 74 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Los documentos originales y copias sirven para crear un expediente que queda a resguardo de la Oficialía del Registro Civil No. 01 y el original del INE y CURP se devuelven al interesado en el momento.
2. Acta de nacimiento certificada del reconocido y el reconocedor (recientes no mayores a 6 meses).
SI
NO
Artículo 74 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Los documentos originales y copias sirven para crear un expediente que queda a resguardo de la Oficialía del Registro Civil No. 01 y el original del INE y CURP se devuelven al interesado en el momento.
3. Identificación oficial vigente (INE) del reconocedor y de quien otorga el consentimiento.
SI
1, Simple
Artículo 74 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Los documentos originales y copias sirven para crear un expediente que queda a resguardo de la Oficialía del Registro Civil No. 01 y el original del INE y CURP se devuelven al interesado en el momento.
4. CURP del reconocedor y de quien otorga el consentimiento para ser reconocido
SI
1, Simple
Artículo 74 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Los documentos originales y copias sirven para crear un expediente que queda a resguardo de la Oficialía del Registro Civil No. 01 y el original del INE y CURP se devuelven al interesado en el momento.
5. Presentar al menor reconocido.
SI
NO
Artículo 74 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Los documentos originales y copias sirven para crear un expediente que queda a resguardo de la Oficialía del Registro Civil No. 01 y el original del INE y CURP se devuelven al interesado en el momento.
6. Acta de nacimiento certificada de la madre.
SI
NO
Artículo 74 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Los documentos originales y copias sirven para crear un expediente que queda a resguardo de la Oficialía del Registro Civil No. 01 y el original del INE y CURP se devuelven al interesado en el momento.