Gobierno del Estado de México
 

Registro de Matrimonio

Es una institución de carácter público e interés social por medio del cual un hombre y una mujer voluntariamente deciden compartir un estado de vida para la fundación de una familia.
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
Adicional:
Artículo 142 fracción XIII del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 31/01/2025.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesoreria Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Otumba
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando dos personas hombre y mujer desean contraer matrimonio.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Agendar en oficiala el día y la hora la celebración del matrimonio (previo registro en la página sistema de agenda de matrimonio).
SI
NO
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Los documentos originales solo sirven para verificar datos y se devuelven a los solicitantes y las copias para crear un expediente que queda a resguardo de la Oficialía del Registro Civil No. 01.

2. Presentar solicitud de matrimonio.
SI
NO
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Los documentos originales solo sirven para verificar datos y se devuelven a los solicitantes y las copias para crear un expediente que queda a resguardo de la Oficialía del Registro Civil No. 01.

3. Actas de nacimiento de los solicitantes.
SI
1, Certificada
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Los documentos originales solo sirven para verificar datos y se devuelven a los solicitantes y las copias para crear un expediente que queda a resguardo de la Oficialía del Registro Civil No. 01.

4. Exámenes prenupciales expedido por el medico debidamente titulado con una vigencia no mayor a 15 días.
SI
1, Simple
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Los documentos originales solo sirven para verificar datos y se devuelven a los solicitantes y las copias para crear un expediente que queda a resguardo de la Oficialía del Registro Civil No. 01.

5. Identificación oficial vigente (INE).
SI
1, Simple
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Los documentos originales solo sirven para verificar datos y se devuelven a los solicitantes y las copias para crear un expediente que queda a resguardo de la Oficialía del Registro Civil No. 01.

6. CURP
SI
1, Simple
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Los documentos originales solo sirven para verificar datos y se devuelven a los solicitantes y las copias para crear un expediente que queda a resguardo de la Oficialía del Registro Civil No. 01.

El interesado acude a la Oficialía del Registro Civil para solicitar informes y el Auxiliar de la Oficialía del Registro Civil le brinda los requisitos.
El Auxiliar de la Oficialía del Registro Civil verifica la documentación que se encuentre completa y agenda fecha de la boda.
El solicitante entrega la documentación completa cuatro días antes de la boda.
El Auxiliar de la Oficialia del Registro Civil recibe documentación, la revisa y captura los datos en el sistema correspondiente para el acta de matrimonio y se le devuelven al solicitante.
El Auxiliar le realiza la orden de pago al solicitante el día de la boda.
El solicitante realiza el pago en Tesorería, procede a realizar el protocolo de Matrimonio y Firman el acta de matrimonio.
El oficial del Registro Civil firma y sella el acta de matrimonio y se la entrega al solicitante.
Dependencia u organismo:
Municipio Otumba
Dirección general:
Registro Civil Municipal
Unidad administrativa responsable:
Registro Civil Municipal de Otumba
Titular de la unidad administrativa responsable:
LIC. HERMINIO AGUILAR FRANCO
Cargo del titular:
Oficial del Registro Civil
Domicilio:
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
Contacto:
Telefono1: ( 592 ) 92 2 12 16 Ext: 116
Telefono2: ( ) 92 2 23 44
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: otumba_01@hotmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Acta de Matrimonio
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Si es menor de edad alguno de los contrayentes se pueden casar?
No
2. ¿Si pertenezco a otro Municipio me puedo casar en esta oficialía?
Sí, siempre y cuando sea en la oficina o dentro del Municipio al que pertenece el Oficial
3. ¿El juez puede realizar el matrimonio en otro municipio?
No, solo se puede realizar dentro del municipio correspondiente.
Fundamento legal:
Artículos 4.1 Bis y 4.2 del Código Civil del Estado de México;
Artículo 142 fracción XIII del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cuando los solicitantes cumplan con todos los requisitos establecidos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando dos personas hombre y mujer desean contraer matrimonio.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
03/06/2024 10:16 am



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