Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Para jóvenes clase (17 años) y Remisos
Acta de Nacimiento certificada por el Registro Civil, con los datos legibles y correctos, sin tachaduras, enmendaduras o alteraciones y una copia legible de la misma.
SI
1, Certificada
Ley Servicio Militar Art. 1, 5, Art. 11, 19 y 20 Reglamento del Servicio Militar Art. 1, 2, 3 Art. 172 Fracc. I
2. Original y copia de un comprobante de domicilio vigente (Recibo de agua, luz, teléfono, etc.).
SI
1, Simple
Ley Servicio Militar Art. 1, 5, Art. 11, 19 y 20 Reglamento del Servicio Militar Art. 1, 2, 3 Art. 172 Fracc. I
3. Original y copia del comprobante del grado máximo de estudios (Certificado de primaria, secundaria, preparatoria, etc.).
SI
1, Simple
Ley Servicio Militar Art. 1, 5, Art. 11, 19 y 20 Reglamento del Servicio Militar Art. 1, 2, 3 Art. 172 Fracc. I
4. Original y copia de la Clave Única del Registro de Población.
SI
1, Simple
Ley Servicio Militar Art. 1, 5, Art. 11, 19 y 20 Reglamento del Servicio Militar Art. 1, 2, 3 Art. 172 Fracc. I
5. Cuatro fotografías recientes (no digitalizadas) de 35 X 45 mm., de frente a color o blanco y negro, con fondo blanco, con ropa clara, sin retoque, que las facciones de la persona interesada se distingan con claridad, sin tocado (gorra, sombrero, etc.), sin lentes, con las orejas descubiertas, sin aretes u otros objetos colocados en el rostro mediante perforaciones, el color de cabello deberá ser natural sin teñir en colores llamativos, del nacimiento normal del cabello al borde inferior de la barbilla, deben medir 21 mm.
Para el personal masculino con el bigote recortado hasta la comisura de los labios, el corte de cabello será casquete corto, sin barba y patillas recortadas,
Para el personal femenino será con el cabello recogido, sin fleco y sin maquillaje.
SI
NO
Ley Servicio Militar Art. 1, 5, Art. 11, 19 y 20 Reglamento del Servicio Militar Art. 1, 2, 3 Art. 172 Fracc. I
6. NOTA: Personal remiso (aquel que no obtuvo su cartilla al cumplir 18 años de edad deberá presentar una constancia de no registro, emitida por la Junta Municipal o Alcaldía de Reclutamiento del lugar donde nació en la que se especifique que no se le ha expedido cartilla de identidad del Servicio Militar Nacional.
SI
NO
Ley Servicio Militar Art. 1, 5, Art. 11, 19 y 20 Reglamento del Servicio Militar Art. 1, 2, 3 Art. 172 Fracc. I