Gobierno del Estado de México
 

Atención y orientación a empresas para el registro de vacantes

Consiste en una asesoría que se brinda a las Personas Físicas y/o Jurídico Colectivas, para que tengan la información necesaria para la publicación de vacantes en el Departamento de Bolsa de Trabajo.
Av. La Súper No. Ext. Lote 3, 7A y 7B, Manzana C-44-A No. Int. , Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Telefono1: ( 55 ) 58640984
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Cuautitlán Izcalli
Vigencia del trámite o servicio:
1 mes(es)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando las Personas Física y/o Jurídico Colectivas necesitan publicar vacantes.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y el registro Patronal inscrito en el IMSS.
SI
NO
Artículos 1, 123, Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Si su registro lo realiza en línea deberá descargar, leer, donde autoriza el uso de sus datos y logo de la empresa para uso exclusivo de publicación de vacantes; firmar, escanear la Carta Compromiso y subirla a la plataforma https://www.empleoizcalli.com.mx/ y si lo realiza de manera presencial deberá leer, firmar y entregar la carta compromiso firmada al personal del Departamento de Bolsa de Trabajo.
SI
NO
Artículos 1 y 2 fracción I de la Ley de Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, su Reglamentos, Lineamientos, Parámetros y Demás Disposiciones Aplicables.

3. La vacante que postule deberá contar con el salario mínimo promedio mensual vigente, así como las prestaciones de Ley.
Artículos 2 de la Ley Federal del Trabajo y Previsión Social; 96 Quárter fracción I y 125 fracción XI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

4. En caso de prestar el servicio de Seguridad Privada, presentar permiso Federal expedido por la Dirección General de Seguridad Privada, dependiente de la Secretaría de Gobernación (Vigente).
SI
NO
Artículo 1 de la Ley Federal de Seguridad Privada.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
SI
NO
Artículos 1, 123, Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Si su registro lo realiza en línea deberá descargar, leer, donde autoriza el uso de sus datos y logo de la empresa para uso exclusivo de publicación de vacantes; firmar, escanear la Carta Compromiso y subirla a la plataforma https://www.empleoizcalli.com.mx/ y si lo realiza de manera presencial deberá leer, firmar y entregar la carta compromiso firmada al personal del Departamento de Bolsa de Trabajo.
SI
NO
Artículos 1 y 2 fracción I de la Ley de Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, su Reglamentos, Lineamientos, Parámetros y Demás Disposiciones Aplicables.

3. La vacante que postule deberá contar con el salario mínimo promedio mensual vigente, así como las prestaciones de Ley.
Artículos 1, 123, Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 2 de la Ley Federal del Trabajo y Previsión Social.

4. En caso de ser Empresa de Seguridad Privada presentar permiso Federal, expedido por la Dirección General de Seguridad Privada, dependiente de la Secretaría de Gobernación (Vigente).
SI
NO
Artículo 1 de la Ley Federal se Seguridad Privada.

1.-La vacante se publica en el portal de la Bolsa de Trabajo y por consiguiente en la ventanilla.
2.- La vacante deberá contar con el salario mínimo promedio mensual vigente; prestaciones de ley; si corresponde a ventas o esquemas piramidales de negocio; cuando requieren que el candidato vaya a un entrenamiento o capacitación no pagada para poder ser contratado.
La empresa interesada puede comunicarse a los números del Departamento de Bolsa Municipal de Trabajo, así como acudir a la oficina del Departamento en mención para recibir la orientación necesaria y de este modo obtener su registro
Dependencia u organismo:
Municipio Cuautitlán Izcalli
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Económico
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Económico
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtra. Ely Beatriz Quintana Becerril
Cargo del titular:
Titular de la Dirección de Desarrollo Económico
Domicilio:
Av. La Súper No. Ext. Lote 3, 7A y 7B, Manzana C-44-A No. Int. , Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 58640984 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: desarrollo.economico@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Folio de vacante
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
1 mes(es)
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Por qué debo contar con los requisitos que me están solicitando?
Porque esta Autoridad Administrativa tiene como objetivo promover empleos remunerados con prestaciones de ley.
2. ¿Para qué son los requisitos que solicitan?
Para corroborar que las Personas Física y/o Jurídico Colectivas están legalmente constituidas y para enviar a solicitantes de empleo a una vacante que ofrezca un empleo digno y bien remunerado.
3. ¿Cuántas vacantes puedo publicar, si cumplo con los requisitos?
No hay límite de publicación de vacantes.
Fundamento legal:
Artículos 5, 8, 25, 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2 fracciones XV, XVI, XIX, XXXIII y XXXV, 66 y 67 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México; 48 Fracción X del Bando Municipal 2023 de Cuautitlán Izcalli, publicado en la Gaceta Municipal número 0145, de fecha cinco de febrero del año 2023 y 41 fracción II inciso e) y 42 fracciones XVI y XIX del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. (2022-2024) y 3 fracción inciso e) y 5 fracción XVI y XIX del Reglamento Interno de la Dirección de Desarrollo Económico de Cuautitlán Izcalli, Estado de México
Criterios de resolución del trámite o servicio:
1.-La vacante se publica en el portal de la Bolsa de Trabajo y por consiguiente en la ventanilla. 2.- No se publica la vacante cuando: no cuenta con el salario mínimo promedio mensual vigente; no cuenta con prestaciones de ley; corresponde a ventas o esquemas piramidales de negocio; están relacionados con entretenimiento adulto, ocio nocturno o contenido pornográfico; cuando el pago es solo por comisión; cuando requieren que el candidato vaya a un entrenamiento o capacitación no pagada para poder ser contratado.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando las Personas Física y/o Jurídico Colectivas necesitan publicar vacantes.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
10/10/2023 11:16 am



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