Gobierno del Estado de México
 

CERTIFICADO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL

MEDIANTE ESTE TRÁMITE SE EXPIDE UN CERTIFICADO EN EL QUE SE HACE CONSTAR QUE SE CUBRIÓ EL IMPUESTO PREDIAL DE UNO O VARIOS PERIODOS DE UN DETERMINADO EJERCICIO FISCAL, CONFORME A LA SOLICITUD DEL CONTRIBUYENTE.
Plaza zaragoza No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. CABECERA MUNICIPAL, C.P. 56330, Chimalhuacán, México
Costo:
$ 0 pesos.
Adicional:
COSTO: 2.5 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA).
FUNDAMENTO: ARTÍCULO 147 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
CAJAS DE LA TESORERÍA MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Chimalhuacán
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A SOLICITUD DEL CONTRIBUYENTE O DEL NOTARIO QUE INTERVIENE EN UN ACTO TRASLATIVO DE DOMINIO

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. RECIBO OFICIAL DE PAGO O FORMATO UNIVERSAL DE PAGO ACOMPAÑADO DE COMPROBANTE DE PAGO QUE INDIQUE IMPORTE QUE AMPARA, LA FECHA EN QUE SE REALIZÓ Y LOS DATOS DE LA LINEA DE CAPTURA, MISMOS QUE DEBERÁN SER CONSISTENTES CON LOS DATOS QUE SE PLASMEN EN EL FORMATO.
SI
1, Simple
UTILIDAD: VERIFICAR QUE EL CONTRIBUYENTE REALIZÓ EL PAGO DEL IMPUESTO, Y QUE ESTE NO FUE ERRONEAMENTE PAGADO POR UN TERCERO SIN OBLIGACIÓN FISCAL.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, LA COPIA SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: ARTÍCULOS 26 SEXTO Y SEPTIMO PÁRRAFOS Y 47 FRACCION VI DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS.

2. PODER NOTARIAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, O CARTA PODER SIMPLE OTORGADA ANTE DOS TESTIGOS, O DOCUMENTO QUE PERMITA EJERCER LA REPRESENTACIÓN LEGAL DEL CONTRIBUYENTE OBLIGADO.
SI
1, Simple
UTILIDAD: ACREDITAR LA PERSONERIA Y EXISTENCIA DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO.

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

3. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE
SI
1, Simple
UTILIDAD: ACREDITAR LA PERSONALIDAD DEL CONTRIBUYENTE.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTICULOS 104, 105 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACION PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 22 DE JUNIO DE 1992. ARTÍCULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

4. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DE LA PERSONA FÍSICA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN.
SI
1, Simple
UTILIDAD: IDENTIFICAR A LA PERSONA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO.

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTICULOS 104, 105 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACION PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 22 DE JUNIO DE 1992.
ARTÍCULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

5. SOLICITUD EN ESCRITO LIBRE O EN FORMATO DE SOLICITUD MULTIPLE (SE PROPORCIONA EN OFICINAS).
SI
1, Simple
UTILIDAD: TENER POR PRESENTADA LA SOLICITUD DEL CONTRIBUYENTE.

DESTINO: ORIGINAL AL EXPEDIENTE, COPIA PARA ACUSE DE RECIBO.

FUNDAMENTO: ARTÍCULO 8 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. PODER NOTARIAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, O CARTA PODER SIMPLE OTORGADA ANTE DOS TESTIGOS, O DOCUMENTO QUE PERMITA EJERCER LA REPRESENTACIÓN LEGAL DEL CONTRIBUYENTE OBLIGADO.
SI
1, Simple
UTILIDAD: ACREDITAR LA PERSONERIA Y EXISTENCIA DEL MANDATO.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA A LA DECLARACIÓN.

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ARTÍCULO 2.12 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

2. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DE LA PERSONA FÍSICA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.
SI
1, Simple
UTILIDAD: IDENTIFICAR A LA PERSONA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTICULOS 104, 105 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACION PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 22 DE JUNIO DE 1992.

ARTÍCULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

3. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DE LA PERSONA FÍSICA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.
SI
1, Simple
UTILIDAD: IDENTIFICAR A LA PERSONA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTICULOS 104, 105 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACION PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 22 DE JUNIO DE 1992.

ARTÍCULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

4. RECIBO OFICIAL DE PAGO O FORMATO UNIVERSAL DE PAGO ACOMPAÑADO DE COMPROBANTE DE PAGO QUE INDIQUE IMPORTE QUE AMPARA, LA FECHA EN QUE SE REALIZÓ Y LOS DATOS DE LA LINEA DE CAPTURA, MISMOS QUE DEBERÁN SER CONSISTENTES CON LOS DATOS QUE SE PLASMEN EN EL FORMATO.
SI
1, Simple
UTILIDAD: VERIFICAR QUE EL CONTRIBUYENTE REALIZÓ EL PAGO DEL IMPUESTO, Y QUE ESTE NO FUE ERRONEAMENTE PAGADO POR UN TERCERO SIN OBLIGACIÓN FISCAL.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, LA COPIA SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: ARTÍCULOS 26 SEXTO Y SEPTIMO PÁRRAFOS Y 47 FRACCION VI DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS.

5. SOLICITUD EN ESCRITO LIBRE O EN FORMATO DE SOLICITUD MULTIPLE (SE PROPORCIONA EN OFICINAS).
SI
1, Simple
UTILIDAD: TENER POR PRESENTADA LA SOLICITUD DEL CONTRIBUYENTE.

DESTINO: ORIGINAL AL EXPEDIENTE, COPIA PARA ACUSE DE RECIBO.

FUNDAMENTO: ARTÍCULO 8 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

6. DOCUMENTO QUE COMPRUEBE QUE EL DECLARANTE EJERCE LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA COLECTIVA.
SI
1, Simple
UTILIDAD: ACREDITAR LA PERSONALIDAD Y EXISTENCIA DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA A LA DECLARACIÓN.

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ARTÍCULO 2.12 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 2. EN CASO DE TRATARSE DE INMUEBLES QUE NO ESTEN DESTINADOS A UN SERVICIO PÚBLICO, O QUE SEAN OCUPADOS POR PARTICULARES BAJO CUALQUIER TÍTULO:

RECIBO OFICIAL DE PAGO O FORMATO UNIVERSAL DE PAGO ACOMPAÑADO DE COMPROBANTE DE PAGO QUE INDIQUE IMPORTE QUE AMPARA, LA FECHA EN QUE SE REALIZÓ Y LOS DATOS DE LA LINEA DE CAPTURA, MISMOS QUE DEBERÁN SER CONSISTENTES CON LOS DATOS QUE SE PLASMEN EN EL FORMATO.

NO QUEDAN COMPRENDIDOS ENTRE LOS BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO LOS INMUEBLES QUE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS UTILICEN PARA OFICINAS ADMINISTRATIVAS O EN GENERAL PARA PROPÓSITOS DISTINTOS A LOS DEL CUMPLIMIENTO DE SU OBJETO.
SI
1, Simple
UTILIDAD: VERIFICAR QUE EL CONTRIBUYENTE REALIZÓ EL PAGO DEL IMPUESTO, Y QUE ESTE NO FUE ERRONEAMENTE PAGADO POR UN TERCERO SIN OBLIGACIÓN FISCAL.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, LA COPIA SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: ARTÍCULOS 26 SEXTO Y SEPTIMO PÁRRAFOS Y 47 FRACCION VI DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS.

2. PODER NOTARIAL, CONTRATO DE MANDATO O DOCUMENTO QUE AUTORICE LA REALIZACIÓN DE TRÁMITES EN REPRESENTACIÓN DE LA ENTIDAD PÚBLICA.

EN SU CASO, OFICIO DESIGNADO A LA PERSONA QUE EJERCERA LA REPRESENTACIÓN. O ACUERDO DELEGATORIO DE FUNCIONES Y SU FECHA DE PÚBLICACION EN LOS PERIODICOS OFICIALES,

EN LOS DOS CASOS ANTERIORES, DEBERA PRECISARSE EL FUNDAMENTO LEGAL, QUE PERMITA AL FUNCIONARIO FACULTADO DE LA INSTITUCIÓN, REALIZAR LA DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES POR ESTA VÍA.
SI
1, Simple
UTILIDAD: ACREDITAR LA PERSONERIA Y EXISTENCIA DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA A LA DECLARACIÓN.

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ARTÍCULO 2.12 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

3. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DEL APODERADO, MANDATARIO O REPRESENTANTE AUTORIZADO.
SI
1, Simple
UTILIDAD: IDENTIFICAR A LA PERSONA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTICULOS 104, 105 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACION PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 22 DE JUNIO DE 1992.

ARTÍCULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

4. SOLICITUD EN ESCRITO LIBRE O EN FORMATO DE SOLICITUD MULTIPLE (SE PROPORCIONA EN OFICINAS).
SI
1, Simple
UTILIDAD: TENER POR PRESENTADA LA SOLICITUD DEL CONTRIBUYENTE.

DESTINO: ORIGINAL AL EXPEDIENTE, COPIA PARA ACUSE DE RECIBO.

FUNDAMENTO: ARTÍCULO 8 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

5. EN CASO DE TRATARSE DE INMUEBLES PROPIEDAD DEL ESTADO, LOS MUNICIPIOS, LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, LAS ENTIDADES PÚBLICAS Y LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN CASO DE RECIPROCIDAD, CUANDO SU ACTIVIDAD CORRESPONDA A FUNCIONES DE DERECHO PÚBLICO:

2. DECLARATORIA DE EXENCIÓN DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES MUNICIPALES.
SI
1, Simple
UTILIDAD: VERIFICAR QUE EL CONTRIBUYENTE ES EXENTO DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, LA COPIA SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: ARTÍCULOS 23 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS.

6. DOCUMENTO QUE COMPRUEBE QUE EL DECLARANTE EJERCE LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA INSTITUCIÓN PÚBLICA.

EJEMPLOS: CONSTANCIA DE MAYORIA, NOMBRAMIENTO, ACUERDO DELEGATORIO DE FUNCIONES,ETC.
SI
1, Simple
UTILIDAD: ACREDITAR LA PERSONALIDAD Y EXISTENCIA DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA A LA DECLARACIÓN.

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ARTÍCULO 2.12 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

7. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DEL FUNCIONARIO FACULTADO PARA EJERCER LA REPRESENTACIÓN LEGAL.
SI
1, Simple
UTILIDAD: IDENTIFICAR A LA PERSONA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTICULOS 104, 105 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACION PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 22 DE JUNIO DE 1992.

ARTÍCULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

ACUIDIR A LAS RECEPTORIAS DEL MUNICIPIO
ASISTIR A LAS CAJAS AUXILIARES DEL MUNICIPIO
REALIZAR EL PAGO EN LAS OFICINAS RECEPTORAS Y CAJAS AUXILIARES
Dependencia u organismo:
Municipio Chimalhuacán
Dirección general:
Tesoreria Municipal
Unidad administrativa responsable:
DEPARTAMENTO DE INGRESOS
Titular de la unidad administrativa responsable:
María de los Ángeles Santiago Ramírez
Cargo del titular:
Coordinadora de receptorias
Domicilio:
Plaza zaragoza No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. CABECERA MUNICIPAL, C.P. 56330, Chimalhuacán, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Otras oficinas que prestan el servicio:
Oficina:
OFICINA RECEPTORA NO. 4 (SANTA ELENA)
Domicilio OTATLI ESQUINA SINDICALISMO No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. HOJALATEROS,
C.P. 56366, Municipio Chimalhuacán, México
Municipios que atiende: Chimalhuacán
Titular de la oficina:
MARCOS GENARO ÁLVAREZ CHAVARRÍA
Cargo del titular:
JEFE DE OFICINA
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Oficina:
OFICINA RECEPTORA NO. 5 (ZONA URBANA EJIDAL SAN AGUSTÍN)
Domicilio AV. SAN AGUSTÍN (ENTRE CALLES LUIS ECHEVERRÍA Y EMILIANO ZAPATA) No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. ZONA URBANA EJIDAL,
C.P. 56330, Municipio Chimalhuacán, México
Municipios que atiende: Chimalhuacán
Titular de la oficina:
JUANA GUADALUPE ARECHIGA RANGEL
Cargo del titular:
JEFE DE OFICINA
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Oficina:
OFICINA RECEPTORA NO. 3 (VIDRIEROS)
Domicilio PLAZA CÍVICA VIDRIEROS No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. VIDRIEROS,
C.P. 56356, Municipio Chimalhuacán, México
Municipios que atiende: Chimalhuacán
Titular de la oficina:
NANCY GUADALUPE ROMO PEREZ
Cargo del titular:
JEFE DE OFICINA
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Oficina:
OFICINA RECEPTORA NO. 1 (CABECERA MUNICIPAL)
Domicilio PLAZA ZARAGOZA No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. CABECERA MUNICIPAL,
C.P. 56330, Municipio Chimalhuacán, México
Municipios que atiende: Chimalhuacán
Titular de la oficina:
ENRIQUE RUIZ GUERRERO
Cargo del titular:
JEFE DE OFICINA
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Oficina:
OFICINA RECEPTORA NO. 2 (SAN LORENZO)
Domicilio AVENIDA CENTRAL No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. VILLA SAN LORENZO 1RA SECCIÓN,
C.P. 56340, Municipio Chimalhuacán, México
Municipios que atiende: Chimalhuacán
Titular de la oficina:
EDUARDO MENESES BAEZ
Cargo del titular:
JEFE DE OFICINA
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
CERTIFICADO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿QUIÉN DEBE TRÁMITAR LA CERTIFICACIÓN EN CASO DE REALIZAR UNA TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD ANTE UN NOTARIO PÚBLICO?
EL OBLIGADO A TRAMITARLA ES EL ENAJENANTE. LOS NOTARIOS TIENEN LA OBLIGACIÓN DE REQUERIR QUE SE COMPRUEBE QUE NO EXISTEN ADEUDOS DE IMPUESTO PREDIAL, PREVIAMENTE A AUTORIZAR LA ESCRITURA DEFINITIVA POR LA QUE SE TRANSMITA LA PROPIEDAD, PERO NO A REALIZAR EL TRAMITE DE DICHA CONSTANCIA.

SIN EMBARGO ES COMÚN QUE LOS NOTARIOS OFREZCAN COMO SERVICIO ADICIONAL LA TRAMITACIÓN DE TODOS LOS DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LOGRAR LA AUTORIZACIÓN DE LA ESCRITURA.
2. ¿QUÉ VIGENCIA TIENE EL CERTIFICADO?
LA VIGENCIA DEL DOCUMENTO ES PERMANENTE. SIN EMBARGOAUNQUE EL DOCUMENTO SEA VIGENTE, NO SIGNIFICA QUE EL CONTRIBUYENTE ESTARÁ AL CORRIENTE DEL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES DE FORMA INDEFINIDA.

POR EJEMPLO: SI UNA PERSONA PAGA EL IMPUESTO PREDIAL HASTA EL SEGUNDO BIMESTRE DEL EJERCICIO FISCAL 2020, Y LUEGO SOLICITA UNA CERTIFICACIÓN
3. ¿QUÉ PASA SI POSTERIORMENTE A LA EMISIÓN DEL CERTIFICADO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, SE DETECTAN MAYORES CONSTRUCCIONES A LAS REGISTRADAS EN EL FORMATO DE PAGO DE PREDIAL QUE SE PRESENTÓ COMO EVIDENCIA DE PAGO?
EN ESOS CASOS, LA CERTIFICACIÓN EMITIDA PERDERÁ SU VALIDEZ, TODA VEZ QUE EXISTEN OBLIGACIONES FISCALES PENDIENTES DE CUMPLIRSE.
Fundamento legal:
ARTÍCULOS 116 PÁRRAFO CUARTO Y 147 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
Criterios de resolución del trámite o servicio:
EL USUARIO DEBERÁ CUBRIR LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS PARA REALIZAR EL TRAMITE.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A SOLICITUD DEL CONTRIBUYENTE O DEL NOTARIO QUE INTERVIENE EN UN ACTO TRASLATIVO DE DOMINIO
Trámites o servicios relacionados:
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Última actualización:
29/11/2022 02:15 pm



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