Gobierno del Estado de México
 

Alta de Contratos de Agua y Drenaje para Usuarios Domésticos y Comerciales.

Alta de Usuarios, ya sea doméstico y/o comercial en el sistema interno para obtener una toma de agua y asimismo realizar su pago correspondiente por el servicio de agua potable y drenaje.
Avenida Texcoco Esquina Calle Magdalena No. Ext. 2 No. Int. , Col. Valle de Los Reyes, C.P. 56430, La Paz, México
 

Costo

Costo
$4,148.74
Costo
$ 2,765.69
Costo
$ 3,107.11
Adicional:
Artículo 135 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
La Paz
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el usuario doméstico o comercial requiera tener el servicio de agua potable o drenaje.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar solicitud.
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Inspecciones por áreas operativas (Construcción, Infraestructura Hidráulica y Notificadores e Inspectores).
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Acreditación del inmueble (Predio, Manifestación Catastral al corriente y Contrato de compra y venta y/o Escrituras).
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Identificación Oficial (INE o Credencial de INAPAM).
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Croquis simple.
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Si no es la titular carta poder.
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar solicitud.
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Inspecciones por áreas operativas (Construcción, Infraestructura Hidráulica y Notificadores e Inspectores).
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Acreditación del inmueble (Predio, Manifestación Catastral al corriente y Contrato de compra y venta y/o Escrituras).
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Identificación Oficial (INE o Credencial de INAPAM
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Constancia de Situación Fiscal
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Croquis simple.
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

7. Carta poder ante Notario público.
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar solicitud.
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Inspecciones por áreas operativas (Construcción, Infraestructura Hidráulica y Notificadores e Inspectores).
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Acreditación del inmueble (Predio, Manifestación Catastral al corriente y Contrato de compra y venta y/o Escrituras).
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Identificación Oficial (INE o Credencial de INAPAM).
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Constancia de Situación Fiscal
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Croquis simple.
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

7. Carta poder ante Notario público.
SI
1, Simple
Artículo 70 Fracciones I, II, III y 71, Artículo 108 del Reglamento Interno del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

1.- El usuario acude a la Oficina Jurídica.
2.- Llenar un formato donde se verifica la factibilidad de los servicios de agua y drenaje, donde se solicita:
* Nombre del Usuario
* Dirección completa
* Teléfono
* Croquis de Google Maps.
3.- Presentar la documentación, se da de alta en el Sistema Interno, luego se le genera su orden de pago, para que realice su pago.
4.- Dos semanas después se hace entrega de los contratos.
Dependencia u organismo:
Municipio La Paz
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento."OPDAPAS"
Titular de la unidad administrativa responsable:
Juan Jose Cerda Ceron
Cargo del titular:
Director del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento. "OPDAPAS"
Domicilio:
Avenida Texcoco Esquina Calle Magdalena No. Ext. 2 No. Int. , Col. Valle de Los Reyes, C.P. 56430, La Paz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 58567407 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 8:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Contrato de Agua y Contrato de drenaje.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. No tengo pago del predio,por que aún es zona irregular?
Deberá traer una constancia de residencia que se emite en la oficina de secretaria, en presidencia.
2. ¿Cuánto tiempo para entregar los contratos?
Dos semanas.
3. ¿Cuanto tiempo tardan en poner la toma de agua?
15 días hábiles.
Fundamento legal:
Artículos 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 9, 129 al 141 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Debe acudir el titular, en caso de no ser el titular presentar una carta poder.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el usuario doméstico o comercial requiera tener el servicio de agua potable o drenaje.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
04/09/2023 04:30 pm



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