Gobierno del Estado de México
 

Licencia de demolición.

Documento que autoriza la demolición parcial o total de un inmueble o construcción.
Prolongación 16 de Septiembre. No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Ixtapita., C.P. 51900, Ixtapan de la Sal, México
Costo:
$ 1222.98 pesos.
Adicional:
Fundamento jurídico: Art. 144 Código Financiero del Estado de México.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Cajas de la Tesorería Municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ixtapan de la Sal
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del ciudadano por riesgo o modificación de construcción.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud.
SI
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento que acredite la propiedad del inmueble.
NO
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Recibo de impuesto predial.
NO
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Recibo de pago de servicio de agua.
NO
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Identificación oficial del propietario.
NO
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

6. Croquis de lo que se desea demoler.
SI
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

7. Fotografías de lo que se demolerá.
SI
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

8. Carta poder, en su caso.
SI
1, Simple
Artículo 18.20, 18.21, 18.59 Y 18.60 del Código Administrativo del Estado De México; artículo 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de demolición.
SI
NO
Artículo 18.20, 18.21, 18.59 Y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México; Artículo 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

2. Documento que acredite la propiedad del inmueble.
NO
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Acta constitutiva de la empresa.
NO
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Recibo de impuesto predial.
NO
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Recibo de pago de servicio de agua.
NO
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

6. Identificación oficial del propietario.
NO
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

7. Croquis de lo que se desea demoler.
SI
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

8. Fotografías de lo que se demolerá.
SI
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

9. Carta poder en su caso (con copias de identificaciones oficiales).
SI
1, Simple
Art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México. Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

1.- Acudir a la coordinación de desarrollo urbano y presentar y entregar los requisitos al hacer su solicitud.
2.- Esperar el tiempo estimado de entrega del documento.
3.- Regresar a recogerlo en la fecha indicada.
Dependencia u organismo:
Municipio Ixtapan de la Sal
Dirección general:
Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano.
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano.
Titular de la unidad administrativa responsable:
Arq. Baruk Aryok Arízmendi Rogel.
Cargo del titular:
Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano.
Domicilio:
Prolongación 16 de Septiembre. No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Ixtapita., C.P. 51900, Ixtapan de la Sal, México
Contacto:
Telefono1: ( 721 ) 143-3134 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: obraspublicas.desurbano@ixtapandelasal.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia de demolición.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Dónde puedo realizar el trámite?
Coordinación de Desarrollo Urbano, Centro de Servicios Administrativos, calle 16 de Septiembre S/N, Col. Ixtapita, Ixtapan de la Sal, México.
2. ¿Número de teléfono donde puedo solicitar información?
721 143 31 34
3. ¿Puedo realizar el trámite en línea?
No, debido a que la documentación y proyecto presentados deben ser revisados y analizados para la procedencia del trámite.
Fundamento legal:
Art. 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; art. 18.20, 18.21, 18.59 y 18.60 del Código Administrativo del Estado de México; art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México; art. 144 fracción II inciso b) del Código Financiero del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se recepciona la documentación, se analiza y revisa, posterior se acude a la verificación física y de ser procedente se expide la constancia correspondiente.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del ciudadano por riesgo o modificación de construcción.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
06/08/2024 12:08 pm



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