Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud Firmada por el representante legal.
SI
NO
Artículo 18.6 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 107 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 159 del Bando Municipal vigente.
2. Identificación Oficial vigente con fotografía.
SI
1, Simple
Artículo 18.6 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 107 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 159 del Bando Municipal vigente.
3. Poder notarial del representante legal
SI
1, Simple
Artículo 18.6 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 107 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 159 del Bando Municipal vigente.
4. . Acta constitutiva y/o escritura
SI
1, Simple
Artículo 18.6 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 107 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 159 del Bando Municipal vigente.
5. Recibo del impuesto predial vigente.
SI
1, Simple
Artículo 18.6 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 107 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 159 del Bando Municipal vigente.
6. Croquis de localización del predio.
SI
NO
Artículo 18.6 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 107 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 159 del Bando Municipal vigente.