Gobierno del Estado de México
 

Autorización de pagos en parcialidades del Impuesto Predial

Consiste en brindar al contribuyente la opción de realizar el pago por concepto de Impuesto Predial en parcialidades, cuando el contribuyente así lo requiera.
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada, No. Ext. S/N. No. Int. S/N., Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Adicional:
Variable conforme al monto de adeudo a la fecha de la firma.

Fundamento Jurídico Artículos 109 y 32 en las fracciones l, ll y lll del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 01/02/2025.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito y Cheque.
Lugares de pago:
Bancos y Otro.
Otras alternativas:
En las cajas de esta Tesorería Municipal

Bancos Autorizados: Afirme, Banamex, Banco Azteca, Banco Multiva, Banorte, BBVA Bancomer, HSBC, Santander y Scotiabanck.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se requiere o se invita al contribuyente a pagar cualquier contribución, o cuando el contribuyente acude de manera espontánea ante la Tesorería Municipal.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. La o el solicitante se apersona en el Departamento de Impuestos Inmobiliarios e ingresa el formato de Solicitud de Convenio de Pago en Parcialidades debidamente llenado, firmado y requisitado, para lo cual deberá anexar:
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 32 fracción II del Código financiero del Estado de México y Municipios.
Es el documento en el que manifiestan la solicitud de pago en parcialidades.

2. Previo cotejo para su devolución del documento con el que se acredite la propiedad del inmueble.
SI
1, Simple
Artículo 104 y 118 fracción I fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Es el documento que acredita la propiedad del inmueble.

3. Previo cotejo para su devolución de la liquidación que contiene el adeudo por concepto de Impuesto Predial.
SI
1, Simple
Artículo 47 fracción VIII del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. La o el solicitante se apersona en el Departamento de Impuestos Inmobiliarios e ingresa el formato de Solicitud de Convenio de Pago en Parcialidades debidamente llenado, firmado y requisitado, para lo cual deberá anexar:
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 32 fracción II del Código financiero del Estado de México y Municipios.
Es el documento en el que manifiestan la solicitud de pago en parcialidades.

2. Previo cotejo para su devolución del documento con el que se acredite la propiedad del inmueble.
SI
1, Simple
Artículo 104 y 118 fracción I fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Es el documento que acredita la propiedad del inmueble.

3. Previo cotejo para su devolución del Acta Constitutiva y/o Poder Notarial y/o Carta Poder
SI
1, Simple
Artículo 104 y 118 fracción I fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Es el documento que acredita que las personas jurídicas tienen el poder para llevar a cabo el trámite.
.

4. Identificación oficial vigente del apoderado legal, para su cotejo y devolución.
SI
1, Simple
Artículo 104 y 118 fracción I fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
La identificación es el documento que acompaña la solicitud, la cual debe corresponder apoderado.

5. Previo cotejo para su devolución de la liquidación que contiene el adeudo por concepto de Impuesto Predial.
SI
1, Simple
Artículo 47 fracción VIII del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

El contribuyente deberá acudir al Departamento de Impuestos Inmobiliarios en la Tesorería Municipal a efecto de solicitar la autorización de pago en parcialidades del Impuesto Predial.
El contribuyente deberá adjuntar a su Solicitud los requisitos señalados en el apartado de requisitos segun sea el caso.
El contribuyente realizará el pago.
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Tesorería Municipal
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Ricardo Contreras Velázquez
Cargo del titular:
Tesorero Municipal
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada, No. Ext. S/N. No. Int. S/N., Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 53 66 38 00 Ext: 2195, 2418
Telefono2: ( ) 53 66 39 00
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: ricardo.contreras@tlalnepantla.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Convenio de pago
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
1 hora(s)
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 hora(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿En cuántas parcialidades se autoriza?
Hasta 24 meses tratándose en parcialidades
2. ¿Cuánto es el importe del primer pago?
Es el 20% del monto total.
3. ¿Tienen algún incremento?
Sí, es el 1.3% sobre saldos insolutos.
Fundamento legal:
Artículo 115 Fracción IV Inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Artículos 122, 125 Fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México;
Artículo 2 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2024;
Artículos 32, 34 y 46 Fracción I y II Inciso e) del Código Financiero del Estado de México y Municipios; y
Artículos 12 fracción III y 120 fracción XXXIII, 121 fracción I, 123 fracción I y 124 fracciones I y V del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Su trámite procede siempre y cuando su solicitud este acompañada con todos y cada uno de los requisitos solicitados.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se requiere o se invita al contribuyente a pagar cualquier contribución, o cuando el contribuyente acude de manera espontánea ante la Tesorería Municipal.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
17/06/2024 02:11 pm



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