Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. solicitud de servicios catastrales presencial
SI
NO
Artículo 171 fracción I, VI y XIX del código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 33 y 34 del reglamento del título quinto del código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado 1 en sus políticas ACGC001, ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC014 apartado VII en todas sus políticas, del Manual Catastral del estado de México.
2. documento que acredite la propiedad, acredite el interés jurídico o legitimo
SI
2, Simple
Artículo 171 fracción I, VI y XIX del código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 33 y 34 del reglamento del título quinto del código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado 1 en sus políticas ACGC001, ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC014 apartado VII en todas sus políticas, del Manual Catastral del estado de México.
3. identificación del propietario, persona autorizada mediante carta poder o representación legal
SI
2, Simple
Artículo 171 fracción I, VI y XIX del código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 33 y 34 del reglamento del título quinto del código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado 1 en sus políticas ACGC001, ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC014 apartado VII en todas sus políticas, del Manual Catastral del estado de México.
4. Croquis de ubicación del predio, verificación de linderos o levantamiento topográfico en su caso
Artículo 171 fracción I, VI y XIX del código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 33 y 34 del reglamento del título quinto del código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado 1 en sus políticas ACGC001, ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC014 apartado VII en todas sus políticas, del Manual Catastral del estado de México.