Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud
SI
1, Simple
Código financiero del Estado de México, artículos 143 fracción I y 144 fracción II inciso B
Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículo 5.10, fracción VI
Libro décimo octavo del Código Administrativo del Estado de México, artículo 18.20 fracción III, 18.21 inciso c y 18.23
2. Documento con el que se acredite la personalidad jurídica; (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional vigente)
SI
1, Simple
Código financiero del Estado de México, artículos 143 fracción I y 144 fracción II inciso B
Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículo 5.10, fracción VI
Libro décimo octavo del Código Administrativo del Estado de México, artículo 18.20 fracción III, 18.21 inciso c y 18.23
3. Documento que acredite la propiedad; (escritura pública, contrato de compra venta y/o certificado parcelario)
SI
1, Simple
Código financiero del Estado de México, artículos 143 fracción I y 144 fracción II inciso B
Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículo 5.10, fracción VI
Libro décimo octavo del Código Administrativo del Estado de México, artículo 18.20 fracción III, 18.21 inciso c y 18.23
4. Recibo de impuesto predial vigente
NO
1, Simple
Código financiero del Estado de México, artículos 143 fracción I y 144 fracción II inciso B
Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículo 5.10, fracción VI
Libro décimo octavo del Código Administrativo del Estado de México, artículo 18.20 fracción III, 18.21 inciso c y 18.23
5. Croquis de construcción existente indicando el área a demoler
SI
2, Simple
Código financiero del Estado de México, artículos 143 fracción I y 144 fracción II inciso B
Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículo 5.10, fracción VI
Libro décimo octavo del Código Administrativo del Estado de México, artículo 18.20 fracción III, 18.21 inciso c y 18.23
6. Constancia de alineamiento y número oficial vigente en los casos de obra nueva
SI
1, Simple
Código financiero del Estado de México, artículos 143 fracción I y 144 fracción II inciso B
Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículo 5.10, fracción VI
Libro décimo octavo del Código Administrativo del Estado de México, artículo 18.20 fracción III, 18.21 inciso c y 18.23
7. Memoria y programa del proceso de demolición, en el que se indicará el orden, volumen estimado y fechas aproximadas en que se demolerán los elementos de la construcción. Tratándose de demoliciones con un área mayor de 40 m2 en planta baja de 20 m2 en niveles superiores, la memoria y el programa deberán ser firmados por el director responsable de obra
SI
2, Simple
Código financiero del Estado de México, artículos 143 fracción I y 144 fracción II inciso B
Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículo 5.10, fracción VI
Libro décimo octavo del Código Administrativo del Estado de México, artículo 18.20 fracción III, 18.21 inciso c y 18.23
8. Autorización de la demolición por parte de las autoridades federales que correspondan, cuando esta se localice en zonas declaradas como patrimonio histórico, artístico y arqueológico o cuando se trate de inmuebles que se ubiquen en zonas de conservación patrimonial previstas por los planes de desarrollo urbano
SI
1, Simple
Código financiero del Estado de México, artículos 143 fracción I y 144 fracción II inciso B
Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículo 5.10, fracción VI
Libro décimo octavo del Código Administrativo del Estado de México, artículo 18.20 fracción III, 18.21 inciso c y 18.23