Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud firmada por el propietario y/o representante legal
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1, Simple
Código financiero del Estado de México artículos 143 fracción VI Y 144 fracción XI
Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México artículos 5.10 Fracción VII Y 5.57
Reglamento del libro quinto, articulo 146
2. Documento que acredite la propiedad inscrita en el Instituto De La Función Registral Del Estado De México
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Código financiero del Estado de México artículos 143 fracción VI Y 144 fracción XI
Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México artículos 5.10 Fracción VII Y 5.57
Reglamento del libro quinto, articulo 146
3. Acta constitutiva en el caso de personas jurídicas colectivas o del contrato respectivo tratándose de fideicomisos, dichos documentos deberán estar inscritos en el Instituto De La Función Registral Del Estado De México
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Código financiero del Estado de México artículos 143 fracción VI Y 144 fracción XI
Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México artículos 5.10 Fracción VII Y 5.57
Reglamento del libro quinto, articulo 146
4. Poder notarial otorgado por el propietario del predio, que faculte al solicitante para realizar el trámite e identificación oficial del apoderado
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Código financiero del Estado de México artículos 143 fracción VI Y 144 fracción XI
Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México artículos 5.10 Fracción VII Y 5.57
Reglamento del libro quinto, articulo 146
5. Plano de localización del predio o inmueble con sus medidas y colindancias, georreferenciado en coordenadas utm, en formato magnético
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Código financiero del Estado de México artículos 143 fracción VI Y 144 fracción XI
Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México artículos 5.10 Fracción VII Y 5.57
Reglamento del libro quinto, articulo 146
6. Anteproyecto del desarrollo y su memoria descriptiva que contendrá las características físicas del predio o inmueble, de su superficie, accesos viales, colindancias y nombre de las calles circundantes, así como descripción de las actividades que pretende, en su caso
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Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México artículos 5.10 Fracción VII Y 5.57
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7. Anteproyecto arquitectónico
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Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México artículos 5.10 Fracción VII Y 5.57
Reglamento del libro quinto, articulo 146
8. Evaluación de impacto estatal, en caso de cambio de uso de suelo, en los supuestos previstos en el artículo 5.35 del código; previo a la autorización de la licencia de construcción
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9. Para los casos que no causen impacto urbano, dictamen de factibilidad de servicios de agua potable y drenaje, así como de incorporación a los sistemas de agua potable y alcantarillado, en el que se definan los puntos de conexión de agua potable y los de descargas de aguas residuales, el cual será emitido por el organismo o autoridad municipal correspondiente
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Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México artículos 5.10 Fracción VII Y 5.57
Reglamento del libro quinto, articulo 146
10. Opinión favorable y técnicamente justificada de la comisión de planeación para el desarrollo municipal en caso de no estar instalada la comisión, bastará con la opinión favorable y técnicamente justificada que emita la autoridad encargada del desarrollo urbano municipal
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Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México artículos 5.10 Fracción VII Y 5.57
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