Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. AUTORIZACION PARA ENTRAR AL DOMICILIO
Artículo 2°, 8° y 12° DE LEY DE ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. Artículo 15 BIS, LEY QUE CREA LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS DE ASISTENCIA SOCIAL, DE CARÁCTER MUNICIPAL, DENOMINADOS "SISTEMAS MUNICIPALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA".
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE ALMOLOYA DEL RÍO.
ART. 7 DE LA LEY GENERAL DE SALUD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
2. CURP
SI
2, Simple
Artículo 2°, 8° y 12° DE LEY DE ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. Artículo 15 BIS, LEY QUE CREA LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS DE ASISTENCIA SOCIAL, DE CARÁCTER MUNICIPAL, DENOMINADOS "SISTEMAS MUNICIPALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA".
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE ALMOLOYA DEL RÍO.
ART. 7 DE LA LEY GENERAL DE SALUD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
3. INE
SI
2, Simple
Artículo 2°, 8° y 12° DE LEY DE ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. Artículo 15 BIS, LEY QUE CREA LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS DE ASISTENCIA SOCIAL, DE CARÁCTER MUNICIPAL, DENOMINADOS "SISTEMAS MUNICIPALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA".
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE ALMOLOYA DEL RÍO.
ART. 7 DE LA LEY GENERAL DE SALUD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
4. COMPROBANTE DE DOMICILIO.
SI
2, Simple
Artículo 2°, 8° y 12° DE LEY DE ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. Artículo 15 BIS, LEY QUE CREA LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS DE ASISTENCIA SOCIAL, DE CARÁCTER MUNICIPAL, DENOMINADOS "SISTEMAS MUNICIPALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA".
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE ALMOLOYA DEL RÍO.
ART. 7 DE LA LEY GENERAL DE SALUD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.