Gobierno del Estado de México
 

Derribo o poda de arboles

Consiste en realizar trabajos de prevención de riesgos relacionados con los arboles por su altura o amplitud.
Salto del Agua No. Ext. S/N No. Int. , Col. Techichilco, C.P. 56680, Sin Municipio, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Cocotitlán
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano lo solicite y el árbol represente un riesgo.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud escrita o verbal
Ley General De Proteccion Civil Capitulo 1 Articulo 2

2. Permiso emitido por la Dirección de Ecología
NO
1, Simple
ey General De Protección Civil Capitulo 1, Articulo 2

Se realiza la solicitud, se muestra el permiso emitido por parte de la Dirección de Ecología y se espera respuesta en un plazo máximo de tres días
Dependencia u organismo:
Municipio Cocotitlán
Dirección general:
Presidencia Municipal
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Protección Civil Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Librado García Hortiales
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Salto del Agua No. Ext. S/N No. Int. , Col. Techichilco, C.P. 56680, Sin Municipio, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: pc_cocotitlan@hotmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
SE REALIZA LA PODA O DERRIBO DEL ARBOL
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Se necesita realizar una inspección previa?
Si, para verificar las condiciones del árbol
2. ¿Solo protección civil puede realizar la poda o derribo del árbol?
No, el dueño, propietario o encargado puede realizar la poda o derribo, observando las medidas de seguridad necesarias.
3. ¿En cuanto tiempo tendré respuesta?
Máximo en tres días
Fundamento legal:
Ley General De Protección Civil Capitulo 01 Articulo 2, Fracción V.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
No se realizara la poda a derribo del árbol a menos que la Dirección de Ecología Emita la autorización Correspondiente.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Natural.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano lo solicite y el árbol represente un riesgo.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
20/03/2024 02:45 pm



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