Gobierno del Estado de México
 

Certificación de Clave Catastral

Este servicio se realiza cuando se presenta el propietario o poseedor de un predio que no cuenta con clave catastral, ya sea porque es la primera vez que lo va a manifestar, es resultado de una subdivisión, fusión, lotificación, relotificación o bien la clave del mismo no corresponde a su ubicación y es necesario precisar la misma, para poder certificar la clave que esta incorporada en el padrón catastral del municipio y lleva ubicación del predio, clave catastral y nombre del propietario o poseedor.
Avenida Constitución No. Ext. 1 No. Int. s/n, Col. Laureles, C.P. 54480, Isidro Fabela, México
Costo:
$ 146.56 pesos.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 01/02/2025.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Isidro Fabela
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Inscribir e Incorporar un inmueble al Padrón Municipal Catastral y hacer constar que dicho predio está inscrito.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar el formato de solicitud del servicio.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Identificación oficial del propietario o poseedor.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Comprobante del pago del servicio.
SI
1, Simple
Artículo 166 Fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Línea de captura predial y váucher al corriente.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

5. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble, el cual puede ser cualesquiera de entre los siguientes:
-Escritura Pública.
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
-Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como sentencia emitida por el tribunal agrario.
-In matriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Artículo 182 y 182 BIS del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Nota: si no es el titular anexar los siguientes documentos:
Carta poder simple Firmada con tinta azul o poder Notarial acompañada de las identificaciones del que da y recibe el poder.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar el formato de solicitud del servicio.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Identificación oficial del propietario o poseedor o representante legal.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Comprobante del pago del servicio
SI
1, Simple
Artículo 166 Fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Línea de captura predial y váucher al corriente.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

5. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble, el cual puede ser cualesquiera de entre los siguientes:
-Escritura Pública.
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
-Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
-Acta de entrega cuando se trate de inmuebles de interés social.
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como sentencia emitida por el tribunal agrario.
-In matriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Nota: si no es el titular anexar los siguientes documentos:
Carta poder simple Firmada con tinta azul o poder Notarial acompañada de las identificaciones del que da y recibe el poder.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC00 del Manual Catastral del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar el formato de solicitud del servicio.
SI
NO
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Identificación oficial del representante legal.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Condonación de pago de servicio
SI
1, Simple
Artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano, Artículo 23 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Línea de captura predial y váucher exento.
SI
1, Simple
Artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano, Artículo 23 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble, el cual puede ser cualesquiera de entre los siguientes:
-Escritura Pública.
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
-Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
-Acta de entrega cuando se trate de inmuebles de interés social
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como sentencia emitida por el tribunal agrario.
-In matriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

6. Nota: si no es el titular anexar los siguientes documentos:
Carta poder simple Firmada con tinta azul o poder Notarial acompañada de las identificaciones del que da y recibe el poder.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.

Llenar el formato del servicio que proporciona el departamento de catastro y entregar la documentación requerida.
Pagar en caja de tesorería municipal
Recoger la certificación de la clave catastral en 3 días hábiles
Dependencia u organismo:
Municipio Isidro Fabela
Dirección general:
Departamento de Catastro Municipal
Unidad administrativa responsable:
Departamento de Catastro Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Jose Francisco García Ávila
Cargo del titular:
Titular
Domicilio:
Avenida Constitución No. Ext. 1 No. Int. s/n, Col. Laureles, C.P. 54480, Isidro Fabela, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 9239 2137 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: catastro@isidrofabela.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Certificado de Clave Catastral.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Es el mismo formato que la certificación de clave y valor catastral?
Son diferentes formatos con diferentes usos
2. ¿Tiene el mismo costo que la certificación de clave y valor catastral?
No, tiene un costo distinto.
3. ¿Cómo puedo solicitar el formato?
Llenando la solicitud y entregando los documentos que solicita el departamento de catastro
Fundamento legal:
Artículo 36 Fracción I, 115 Fracción II y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 27 Fracción I y 77 Fracción XXXV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 1 numeral 4. 3. 10 de la ley de Ingresos De los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal 2024.
Artículo 166 Fracción I, 167, 168, 169, 171, 173, 179, 180, 181, 182, 182 BIS, 183, 184, 185, 186 y 187 del código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 1, 2 Fracción III, XI y XII, 3, 4, 5 Fracción I, II, V, VI y VII, 14, 19, 21, 22, 27 y 33 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México.
Apartado I y VIII Del Manual Catastral Vigente.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cuando en la documentación proporcionada por el solicitante se detecte que es insuficiente o presente alguna inconsistencia, que impida la prestación del servicio requerido, no se recibirá el trámite, informándole al solicitante los motivos correspondientes, Políticas Generales Apartado I ACGC0011 del Manual Catastral del Estado de México.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Inscribir e Incorporar un inmueble al Padrón Municipal Catastral y hacer constar que dicho predio está inscrito.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
03/05/2024 01:16 pm



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