Gobierno del Estado de México
 

Certificación de No Adeudo de Aportación de Mejoras

Es el documento que acredita que no hay adeudo de las aportaciones de mejoras a cargo de las personas físicas o jurídicas colectivas, propietarias o poseedoras de bienes e inmuebles ubicados dentro del área de veneficio, que obtengan veneficios diferenciales particulares derivados de la ejecución de obra pública o acción de beneficio social, realizadas por el estado y los municipios.
Avenida Constitución No. Ext. 1 No. Int. s/n, Col. Laureles, C.P. 54480, Isidro Fabela, México
Costo:
$ 271.43 pesos.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 01/02/2025.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Isidro Fabela
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del contribuyente o para realizar el pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio en el Municipio.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar el formato de solicitud del servicio.
SI
NO
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Identificación oficial del propietario o poseedor.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Comprobante del pago del servicio
SI
1, Simple
Artículo 166 Fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Línea de captura predial y váucher al corriente.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

5. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble, el cual puede ser cualesquiera de entre los siguientes:
-Escritura Pública.
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
-Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
-Acta de entrega cuando se trate de inmuebles de interés social
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como sentencia emitida por el tribunal agrario.
-In matriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

6. Nota: si no es el titular anexar los siguientes documentos:
Carta poder simple Firmada con tinta azul o poder Notarial acompañada de las identificaciones del que da y recibe el poder.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar el formato de solicitud del servicio.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Identificación oficial del propietario o poseedor o representante legal.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Comprobante del pago del servicio
SI
1, Simple
Artículo 166 Fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Línea de captura predial y váucher al corriente.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

5. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble, el cual puede ser cualesquiera de entre los siguientes:
-Escritura Pública.
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
-Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
-Acta de entrega cuando se trate de inmuebles de interés social.
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como sentencia emitida por el tribunal agrario.
-In matriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Nota: si no es el titular anexar los siguientes documentos:
Carta poder simple Firmada con tinta azul o poder Notarial acompañada de las identificaciones del que da y recibe el poder.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC00 del Manual Catastral del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. No aplica
No Aplica

Llenar el formato del servicio que proporciona el departamento de catastro y entregar la documentación requerida.
Pagar en caja de tesorería municipal.
Recoger la certificación de No Adeudo de Aportación de Mejoras en 3 días hábiles
Dependencia u organismo:
Municipio Isidro Fabela
Dirección general:
Departamento de Catastro Municipal
Unidad administrativa responsable:
Departamento de Catastro Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Jose Francisco García Ávila
Cargo del titular:
Titular
Domicilio:
Avenida Constitución No. Ext. 1 No. Int. s/n, Col. Laureles, C.P. 54480, Isidro Fabela, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 9239 2137 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: catastro@isidrofabela.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Certificación de No Adeudo de Aportación de Mejoras.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Paraque sirve la certificación?
Como requisito para el pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio en el Municipio.
2. ¿Quién puede solicitar la certificación?
El propietario o poseedor del inmueble o su representante legar
3. ¿Cuál es la vigencia de la certificación
Durante el ejercicio Fiscal Vigente
Fundamento legal:
Artículo 95 fracción XVIII de la ley orgánica Municipal del Estado de México.
Articulo 7 primer párrafo, 9 fracción III, 147 Fracción III y 202 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
El trámite procede siempre y cuando su solicitud este acompañada de todos y cada uno de los requisitos solicitados.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del contribuyente o para realizar el pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio en el Municipio.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
03/05/2024 01:20 pm



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