Gobierno del Estado de México
 

Pago del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de dominio de inmuebles.

Es un impuesto al que están obligadas las personas físicas y jurídicas colectivas que adquieran inmuebles ubicados en el Estado, así como los derechos relacionados con los mismos.
Avenida Constitución No. Ext. 1 No. Int. s/n, Col. Laureles, C.P. 54480, Isidro Fabela, México
 

Costo

Límite Inferior
1
Límite superior
180,970
Cuota Fija
214
Factor aplicable
0.01300
Límite Inferior
180,971
Límite superior
310,474
Cuota Fija
2,353
Factor aplicable
0.01418
Límite Inferior
310,475
Límite superior
532,669
Cuota Fija
4,404
Factor aplicable
0.01542
Límite Inferior
532,670
Límite superior
913,882
Cuota Fija
8,214
Factor aplicable
0.01677
Límite Inferior
913,883
Límite superior
1,567,915
Cuota Fija
15,321
Factor aplicable
0.01823
Límite Inferior
1,567,916
Límite superior
2,690,015
Cuota Fija
28,578
Factor aplicable
0.01982
Límite Inferior
2,690,016
Límite superior
4,615,162
Cuota Fija
53,306
Factor aplicable
0.02154
Límite Inferior
4,615,163
Límite superior
7,918,066
Cuota Fija
99,430
Factor aplicable
0.02342
Límite Inferior
7,918,067
Límite superior
13,584,739
Cuota Fija
185,463
Factor aplicable
0.02547
Límite Inferior
13,584,740
Límite superior
23,306,845
Cuota Fija
345,936
Factor aplicable
0.02769
Límite Inferior
23,306,846
Límite superior
39,999,999
Cuota Fija
645,260
Factor aplicable
0.03000
Límite Inferior
40,000,000
Límite superior
En adelante
Cuota Fija
1,200,000
Factor aplicable
0.03252
Vigencia del costo:
Permanente.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Isidro Fabela
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los particulares o personal jurídicas colectivas adquieran inmuebles en el territorio municipal.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar el formato de la solicitud del trámite.
SI
NO
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble, el cual puede ser cualesquiera de entre los siguientes:
-Escritura Pública.
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
-Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
-Acta de entrega cuando se trate de inmuebles de interés social
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como sentencia emitida por el tribunal agrario.
-In matriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Artículo 114 y 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

3. Línea de captura predial y váucher al corriente.
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

4. Identificación oficial del propietario o poseedor (Vendedor y Comprador).
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

5. Certificación de Clave y valor Catastral
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

6. Certificación de No adeudo de Aportación de Mejoras.
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

7. Certificación de no adeudo o no servicio de agua potable.
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

8. Antecedentes de la propiedad
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

9. Nota: si no es el titular anexar los siguientes documentos:
Carta poder simple Firmada con tinta azul o poder Notarial acompañada de las identificaciones del que da y recibe el poder.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar el formato de la solicitud del trámite.
SI
NO
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble, el cual puede ser cualesquiera de entre los siguientes:
-Escritura Pública.
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
-Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
-Acta de entrega cuando se trate de inmuebles de interés social
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como sentencia emitida por el tribunal agrario.
-In matriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Artículo 114 y 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

3. Línea de captura predial y váucher al corriente.
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

4. Identificación oficial del propietario o poseedor (Vendedor y Comprador) o representante legal.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

5. Certificación de Clave y valor Catastral.
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

6. Certificación de No adeudo de Aportación de Mejoras.
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

7. Certificación de no adeudo o no servicio de agua potable.
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

8. Antecedentes de la propiedad
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

9. Nota: si no es el titular anexar los siguientes documentos
Carta poder simple Firmada con tinta azul o poder Notarial acompañada de las identificaciones del que da y recibe el poder
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar el formato de la solicitud del trámite.
SI
NO
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble, el cual puede ser cualesquiera de entre los siguientes:
-Escritura Pública.
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
-Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como sentencia emitida por el tribunal agrario.
-In matriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano, Artículo 23 y 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Línea de captura predial y váucher al corriente exento.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

4. Identificación oficial del propietario o poseedor (Vendedor y Comprador) o Representante legal.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

5. Certificación de Clave y valor Catastral exenta.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

6. Certificación de No adeudo de Aportación de Mejoras exenta.
SI
1, Simple
Artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano, Artículo 23 y 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

7. Certificación de no adeudo o no servicio de agua potable exenta.
SI
1, Simple
Artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano, Artículo 23 y 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

8. Antecedentes de la propiedad
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

9. Nota: si no es el titular anexar los siguientes documentos:
Carta poder simple Firmada con tinta azul o poder Notarial acompañada de las identificaciones del que da y recibe el poder.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México

Llenar la solicitud que proporciona el departamento de catastro.
Pagar en caja de tesorería municipal la certificación de clave y valor catastral, aportaciones de mejoras y constancia de no adeudo predial.
Dejar dos juegos de copias del: Documento que acredite la propiedad, identificación oficial de comprador y vendedor, Certificación de no adeudo o no servicio de agua potable.
Pagar el Formato del traslado de dominio en caja de tesorería municipal y se entregara máximo en 7 días hábiles.
Dependencia u organismo:
Municipio Isidro Fabela
Dirección general:
Departamento de Catastro Municipal
Unidad administrativa responsable:
Departamento de Catastro Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Jose Francisco García Ávila
Cargo del titular:
Titular
Domicilio:
Avenida Constitución No. Ext. 1 No. Int. s/n, Col. Laureles, C.P. 54480, Isidro Fabela, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 9239 2137 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: catastro@isidrofabela.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Manifestación sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles y comprobante de pago.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
7 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
7 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Quién debe de realizar el pago del impuesto?
Personas físicas y jurídicas colectivas que adquieran algún inmueble dentro del territorio Municipal.
2. ¿Es necesario el Traslado de Dominio?
Si para acreditar la propiedad
3. ¿Qué sigue después del traslado de dominio?
Continuar con el proceso para la escrituración publica por cualquiera de las formas que decida el titular
Fundamento legal:
Articulo 115 Fracción IV Inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Articulo 122 y 125 fracción I de la Constitución política del Estado Libre y Soberano de México.
Articulo I Apartado 1.2.2, Artículo 15, 16 y 17 Sobre Adquisición de Inmuebles y Otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles de la Ley De Ingresos De Los Municipios Del Estado De México
Artículos 113, 114, 115, 116, Y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Su trámite procede siempre y cuando su solicitud este acompañado de todos y cada uno de los requisitos solicitados cuando en la recepción de la documentación proporcionada por el solicitante se detecte que es insuficiente, presente alguna inconsistencia, que impida la prestación del servicio requerido, no se recibirá el trámite, informándole al solicitante los motivos correspondientes.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los particulares o personal jurídicas colectivas adquieran inmuebles en el territorio municipal.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
03/05/2024 03:24 pm



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