Gobierno del Estado de México
 

Verificación de Linderos

Este servicio cumple con los trabajos y metodologías de un levantamiento topográfico catastral cuando se desee corroborar la veracidad de los datos declarados en la manifestación por los propietarios del inmueble o por que el propietario desea conocer sus linderos.
Avenida Constitución No. Ext. 1 No. Int. s/n, Col. Laureles, C.P. 54480, Isidro Fabela, México
 

Costo

Límite inferior
1
Límite superior
500
Cuota Fija
260.00
Factor aplicable a cada rango
0.5400
Límite inferior
501
Límite superior
2000
Cuota Fija
530.00
Factor aplicable a cada rango
0.2667
Límite inferior
2001
Límite superior
5000
Cuota Fija
930.00
Factor aplicable a cada rango
0.3583
Límite inferior
5001
Límite superior
20000
Cuota Fija
2005.00
Factor aplicable a cada rango
0.0920
Límite inferior
20001
Límite superior
50000
Cuota Fija
3385.00
Factor aplicable a cada rango
0.0567
Límite inferior
50001
Límite superior
En adelante
Cuota Fija
5085.00
Factor aplicable a cada rango
0.0447
Vigencia del costo:
Permanente.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Isidro Fabela
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el contribuyente lo solicite.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar el formato de solicitud del servicio.
SI
NO
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Identificación oficial del propietario o poseedor.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Comprobante del pago del servicio
SI
1, Simple
Artículo 166 Fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Línea de captura predial y váucher al corriente.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

5. Documento que acredite la
propiedad o posesión del inmueble, el cual puede ser cualesquiera de entre los siguientes:
-Escritura Pública.
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
-Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
-Acta de entrega cuando se trate de inmuebles de interés social
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como sentencia emitida por el tribunal agrario.
-In matriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

6. Nota: si no es el titular anexar los siguientes documentos:
Carta poder simple Firmada con tinta azul o poder Notarial acompañada de las identificaciones del que da y recibe el poder.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar el formato de solicitud del servicio.
SI
NO
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Identificación oficial del propietario o poseedor o representante legal.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Comprobante del pago del servicio.
SI
1, Simple
Artículo 166 Fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Línea de captura predial y váucher al corriente.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

5. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble, el cual puede ser cualesquiera de entre los siguientes:
-Escritura Pública.
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
-Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
-Acta de entrega cuando se trate de inmuebles de interés social
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como sentencia emitida por el tribunal agrario.
-In matriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Nota: si no es el titular anexar los siguientes documentos:
Carta poder simple Firmada con tinta azul o poder Notarial acompañada de las identificaciones del que da y recibe el poder.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC00 del Manual Catastra del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar el formato de solicitud del servicio.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Identificación oficial del representante legal.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Condonación de pago de servicio.
SI
1, Simple
Artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano, Artículo 23 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Línea de captura predial y váucher exento.
SI
1, Simple
Artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano, Artículo 23 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble, el cual puede ser cualesquiera de entre los siguientes:
-Escritura Pública.
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
-Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como sentencia emitida por el tribunal agrario.
-In matriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Artículo 182 y 182 BIS del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Nota: si no es el titular anexar los siguientes documentos:
Carta poder simple Firmada con tinta azul o poder Notarial acompañada de las identificaciones del que da y recibe el poder.
SI
1, Simple
Políticas Generales Apartado I ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.

Llenar el formato del servicio que proporciona el departamento de catastro y entregar la documentación requerida.
Pagar en caja de tesorería municipal.
Dependencia u organismo:
Municipio Isidro Fabela
Dirección general:
Departamento de Catastro Municipal
Unidad administrativa responsable:
Departamento de Catastro Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Jose Francisco García Ávila
Cargo del titular:
Titular
Domicilio:
Avenida Constitución No. Ext. 1 No. Int. s/n, Col. Laureles, C.P. 54480, Isidro Fabela, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 9239 2137 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: catastro@isidrofabela.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Oficio
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
7 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
7 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿En qué casos se puede cancelar la medición?
Cuando no estén presentes los colindantes y malas condiciones climatológicas
2. ¿Al verificar y que estén correctas las medidas puedo cercar o colocar referencias?
Si y que estén de acuerdo los colindantes
3. ¿Cómo puedo saber mis medidas del predio?
Con los documentos que tenga como Contrato, Acta Circunstanciada o Traslado de Dominio
Fundamento legal:
Artículo 36 Fracción I, 115 Fracción II y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 27 Fracción I y 77 Fracción XXXV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano.
Artículo 1 numeral 4. 3. 10 de la ley de Ingresos De los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal 2024.
Artículo 166 Fracción VI, 167, 168, 169, 171, 174 BIS, 179, 181, 182, 182 BIS, 183, 184 y 187 del código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 1, 3, 4, 5 Fracción III, 14, 19, 21, 22, 37 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México.
Apartado I, III. 2, VI y VIII Del Manual Catastral Vigente.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cuando en la documentación proporcionada por el solicitante se detecte que es insuficiente o presente alguna inconsistencia, que impida la prestación del servicio requerido, no se recibirá el trámite, informándole al solicitante los motivos correspondientes.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el contribuyente lo solicite.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
03/05/2024 03:38 pm



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