Gobierno del Estado de México
 

Construcción y Rehabilitación de Infraestructura Educativa

Se ofrece el servicio para brindar mejores espacios a los alumnos y docentes dentro de las instituciones educativas públicas, tales como aulas, módulos de sanitarios, techados y bardas perimetrales.
Av. Profr. Roberto Barrios Castro No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se considere que habrá un beneficio colectivo en las comunidades o colonias que no cuenten con el servicio o donde sea necesaria la ampliación de líneas y redes de energía eléctrica para abastecer adecuadamente a cada hogar o suministrar alumbrado público.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de escrito libre con firma autógrafa dirigida a la C. Marisol del Socorro Arias Flores, Presidenta Municipal Constitucional de Atlacomulco que contenga: Referencia del lugar, número telefónico del solicitante.
SI
1, Simple
- Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
- Manual de Procedimientos de la Dirección de Obras Públicas vigente pág. 14, 17, 20 y 54.

2. Copia de Identificación oficial del solicitante (credencial INE, Licencia para conducir o Pasaporte vigente).
SI
1, Simple
- Artículo 118 fracción I, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
- Manual de Procedimientos de la Dirección de Obras Públicas vigente pág. 14, 17, 20 y 54.

3. Croquis del lugar en el cual se requiere el servicio.
SI
NO
- Artículo 118 fracción II, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
- Manual de Procedimientos de la Dirección de Obras Públicas vigente pág. 14, 17, 20 y 54.

4. Fotos del lugar donde se requiere el servicio.
SI
NO
- Artículo 118 fracción II, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
- Manual de Procedimientos de la Dirección de Obras Públicas vigente pág. 14, 17, 20 y 54.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de escrito libre con firma autógrafa de quien ostenta la autoridad de la Institución Pública (Director, Comité, Delegado, Comisariado, Consejo de Participación Ciudadana, entre otros) dirigido a la C. Marisol del Socorro Arias Flores, Presidenta Municipal Constitucional de Atlacomulco que contenga: Referencia del lugar, número telefónico del solicitante.
SI
1, Simple
- Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
- Manual de Procedimientos de la Dirección de Obras Públicas vigente pág. 14, 17, 20 y 54.

2. Copia de Identificación oficial del solicitante (credencial INE, Licencia para conducir o Pasaporte vigente).
SI
1, Simple
- Artículo 118 fracción I, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
- Manual de Procedimientos de la Dirección de Obras Públicas vigente pág. 14, 17, 20 y 54.

3. Croquis del lugar en el cual se requiere el servicio.
SI
NO
- Artículo 118 fracción II, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
- Manual de Procedimientos de la Dirección de Obras Públicas vigente pág. 14, 17, 20 y 54.

4. Fotos del lugar donde se requiere el servicio.
SI
NO
- Artículo 118 fracción II, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
- Manual de Procedimientos de la Dirección de Obras Públicas vigente pág. 14, 17, 20 y 54.

1.- El ciudadano firma e ingresa su solicitud y los demás requisitos a la Coordinación de Atención Ciudadana, ubicada dentro de la Presidencia Municipal.
2.- La Coordinación de Atención Ciudadana turna una copia de la solicitud y de los requisitos a la Dirección de Obras Públicas para su atención.
3.- El Director de Obras Públicas la canaliza con el Supervisor encargado de la comunidad y/o colonia.
4.- El Supervisor se encarga de visitar el lugar para realizar el levantamiento y cuantificación de la obra solicitada.
5.- El Supervisor entrega la información al Director de Obras Públicas y se elabora la contestación.
6.- Se envía la contestación a la Coordinación de Atención Ciudadana.
7.- La Coordinación de Atención Ciudadana se encarga de dar la respuesta al Ciudadano.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Dirección de Obras Públicas
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Obras Públicas
Titular de la unidad administrativa responsable:
Ing. Arq. Héctor González Martínez
Cargo del titular:
Director de Obras Publicas
Domicilio:
Av. Profr. Roberto Barrios Castro No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 1221832 Ext: s/n
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: obras.publicas@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Oficio de respuesta.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Ingresada mi solicitud es un hecho que se brindará la ejecución de la obra y/o servicio?
No, todo depende del cumplimiento a los criterios de resolución establecidos.
2. ¿Cómo puedo obtener la respuesta a mi solicitud?
Dirección de Obras Públicas turnara a la Coordinación de Atención Ciudadana la respuesta que estará disponible en un plazo aproximado de 15 días antes de acudir presencialmente puede llamar a este número de teléfono 712 12 0 44 44.
3. ¿Quién acudirá a realizar la inspección física para atender mi solicitud?
Personal de supervisión adscrito a la Dirección de Obras Públicas, quien se pondrá en contacto con el solicitante a través del número de teléfono registrado en el escrito de la solicitud.
Fundamento legal:
- Título Primero, Capítulo Único, artículo 3 y 4 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; Título Primero, Capítulo Primero, artículo 15 del Reglamento.
- Libro Décimo Segundo, Capítulo Primero artículo 12.4 y Capitulo Segundo artículo 12.12 del Código Administrativo del Estado de México y Título Segundo; Sección Primera, fracción VIII del artículo 4 del Reglamento.
-Título Segundo, Capítulo Segundo, Sección Primera artículo 115 y Sección Tercera artículo 135 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
-Título Cuarto, Capítulo Segundo, artículo 96 bis, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
- Título Quinto, Capítulo IV, artículos 79 y 80, punto 7 del Bando Municipal vigente.
https://atlacomulco.gob.mx/catalogo-municipal-de-regulaciones/
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Determinar que el lugar en donde se solicita la obra sea de competencia Municipal y de carácter público, una vez aceptado verificar que se reúnan las condiciones físicas y geográficas para ejecutar los trabajos, así como contar con recursos financieros según la prioridades establecidas en cumplimiento a las normas, reglas, leyes o lineamientos establecidas para las fuentes de financiamiento y criterios técnicos y normativos aplicados en los procesos de ejecución de obra y que tenga como fin el beneficio público colectivo con la anuencia de la sociedad que habita en el lugar previsto para los trabajos.
El oficio de respuesta incluirá únicamente la constancia de conocer la petición y el lugar de los trabajos sin representar un compromiso de ejecución, que de ser el caso se notificará con posterioridad a través de las autoridades auxiliares de la Comunidad o Colonia.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se considere que habrá un beneficio colectivo en las comunidades o colonias que no cuenten con el servicio o donde sea necesaria la ampliación de líneas y redes de energía eléctrica para abastecer adecuadamente a cada hogar o suministrar alumbrado público.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
22/02/2024 04:25 pm



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