Gobierno del Estado de México
 

Procedimiento de mediación o conciliación

Es el mecanismo alternativo para resolver los conflictos, con la intervención de un tercero que al participar como intermediario logra la solución de sus controversias, evitando los costos de un proceso judicial.
Plaza Morelos, Esq. 5 de Mayo No. Ext. Sin número No. Int. Sin número, Col. Centro, C.P. 51760, Villa Guerrero, México
Telefono1: ( 714 ) 1460006
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Villa Guerrero
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A solicitud de parte interesada cuando exista controversia y voluntariamente se formalicen sus acuerdos.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Identificación oficial vigente en original y copia para cotejo.
SI
1, Simple
Artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 150 Fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículo 30 de la Ley de Mediación Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México
Artículos 216, 217 y 218 del Bando Municipal de Villa Guerrero.

Acudir a la oficina de la oficialía mediadora conciliadora con los requisitos correspondientes.
Dependencia u organismo:
Municipio Villa Guerrero
Dirección general:
Dirección Juridico y Consultiva
Unidad administrativa responsable:
Oficialia Mediadora Conciliadora
Titular de la unidad administrativa responsable:
M.E.D.P. Beatriz Adriana Vásquez Goméz
Cargo del titular:
Oficial Mediador Conciliador
Domicilio:
Plaza Morelos, Esq. 5 de Mayo No. Ext. Sin número No. Int. Sin número, Col. Centro, C.P. 51760, Villa Guerrero, México
Contacto:
Telefono1: ( 714 ) 1460006 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: omediadorac@villaguerrero-edomex.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Convenio cuando las partes llegan a un acuerdo entre ellas
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Como puedo resolver mi conflicto?
Llevándose a cabo platica conciliatoria con la parte que tiene controversia, una vez que dialoguen con voluntad de las partes se estableces sus acuerdos.
2. ¿Qué puedo hacer si tengo un conflicto vecinal o familiar?
Solicitar la mediación cuando no se trate de delitos graves.
3. ¿Qué pasa si no se presenta la persona invitada?
Se emite una constancia que haga patente a este hecho.
Fundamento legal:
Artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 150 Fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículo 30 de la Ley de Mediación Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México
Artículos 216, 217 y 218 del Bando Municipal de Villa Guerrero.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Los asuntos no deberán ser constitutivos de delito, y tendrá que haber voluntad de las partes para establecer sus acuerdos, en el caso contrario no es posible la conciliación.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A solicitud de parte interesada cuando exista controversia y voluntariamente se formalicen sus acuerdos.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
13/08/2024 12:43 pm



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