Gobierno del Estado de México
 

Solicitud para ampliación de red de alumbrado público

Este servicio se ofrece para ejecutar obras de infraestructura pública que brinden a los ciudadanos la posibilidad de que en sus hogares cuenten con energía eléctrica.
Plaza Morelos, Esq. 5 de Mayo No. Ext. Sin número No. Int. Sin número, Col. Centro, C.P. 51760, Villa Guerrero, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Villa Guerrero
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se considere que habrá un beneficio colectivo en las comunidades o colonias que no cuenten con el servicio o donde sea necesaria la ampliación de líneas y redes de energía eléctrica para abastecer adecuadamente a cada hogar o suministrar alumbrado público.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito dirigida al presidente municipal.
SI
1, Simple
- Título primero, capítulo único, artículo 3 y 4 de la Ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas.
- libro décimo segundo, capítulo primero articulo 12.4 y capitulo segundo artículos 12.12 del código administrativo del estado de México.
-título segundo, capítulo segundo, sección primera articulo 115 y sección tercera artículos 135 del código de procedimientos administrativos del estado de México
-título cuarto, capítulo segundo, artículo 96 bis, de la ley orgánica municipal del estado de México.
- título séptimo, capítulo I y II del bando municipal de villa guerrero 2024.

2. Identificación oficial vigente del solicitante.
SI
1, Simple
- Título primero, capítulo único, artículo 3 y 4 de la Ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas.
- libro décimo segundo, capítulo primero articulo 12.4 y capitulo segundo artículos 12.12 del código administrativo del estado de México.
-título segundo, capítulo segundo, sección primera articulo 115 y sección tercera artículos 135 del código de procedimientos administrativos del estado de México
-título cuarto, capítulo segundo, artículo 96 bis, de la ley orgánica municipal del estado de México.
- título séptimo, capítulo I y II del bando municipal de villa guerrero 2024.

3. Croquis del lugar donde se requiere el servicio.
SI
1, Simple
- Título primero, capítulo único, artículo 3 y 4 de la Ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas.
- libro décimo segundo, capítulo primero articulo 12.4 y capitulo segundo artículos 12.12 del código administrativo del estado de México.
-título segundo, capítulo segundo, sección primera articulo 115 y sección tercera artículos 135 del código de procedimientos administrativos del estado de México
-título cuarto, capítulo segundo, artículo 96 bis, de la ley orgánica municipal del estado de México.
- título séptimo, capítulo I y II del bando municipal de villa guerrero 2024.

4. Fotos del lugar donde se requiere el servicio
SI
NO
- Título primero, capítulo único, artículo 3 y 4 de la Ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas.
- libro décimo segundo, capítulo primero articulo 12.4 y capitulo segundo artículos 12.12 del código administrativo del estado de México.
-título segundo, capítulo segundo, sección primera articulo 115 y sección tercera artículos 135 del código de procedimientos administrativos del estado de México
-título cuarto, capítulo segundo, artículo 96 bis, de la ley orgánica municipal del estado de México.
- título séptimo, capítulo I y II del bando municipal de villa guerrero 2024.

Acudir a la jefatura de alumbrado público con los requisitos necesarios para realizar la solicitud.
Dependencia u organismo:
Municipio Villa Guerrero
Dirección general:
Dirección de Ecologia y Servicios Públicos
Unidad administrativa responsable:
Jefatura de Alumbrado Público
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Roger Enrique Millan Gomez
Cargo del titular:
Jefe de Alumbrado Público
Domicilio:
Plaza Morelos, Esq. 5 de Mayo No. Ext. Sin número No. Int. Sin número, Col. Centro, C.P. 51760, Villa Guerrero, México
Contacto:
Telefono1: ( 714 ) 1460006 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: direcologiayservpub@villaguerrero-edomex.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Oficio de respuesta
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
8 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
8 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Ingresada mi solicitud es un hecho que se brindará la ejecución de la obra y/o servicio?
No, todo depende del cumplimiento a los criterios de resolución establecidos.
2. ¿Cómo puedo obtener la respuesta a mi solicitud?
A partir del registro de la solicitud se indicará el tiempo aproximado de respuesta.
3. ¿Quién acudirá a realizar la inspección física para atender mi solicitud?
Las autoridades municipales competentes.
Fundamento legal:
- Título primero, capítulo único, artículo 3 y 4 de la Ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas.
- libro décimo segundo, capítulo primero articulo 12.4 y capitulo segundo artículos 12.12 del código administrativo del estado de México.
-título segundo, capítulo segundo, sección primera articulo 115 y sección tercera artículos 135 del código de procedimientos administrativos del estado de México
-título cuarto, capítulo segundo, artículo 96 bis, de la ley orgánica municipal del estado de México.
- título séptimo, capítulo I y II del bando municipal de villa guerrero 2024.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Determinar que el lugar en donde se solicita la obra sea de competencia municipal y de carácter público, una vez aceptado verificar que se reúnan las condiciones físicas y geográficas para ejecutar los trabajos, así como contar con recursos financieros según la prioridades establecidas en cumplimiento a las normas, reglas, leyes o lineamientos establecidas para las fuentes de financiamiento y criterios técnicos y normativos aplicados en los procesos de ejecución de obra y que tenga como fin el beneficio publico colectivo con la anuencia de la sociedad que habita en el lugar previsto para los trabajos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se considere que habrá un beneficio colectivo en las comunidades o colonias que no cuenten con el servicio o donde sea necesaria la ampliación de líneas y redes de energía eléctrica para abastecer adecuadamente a cada hogar o suministrar alumbrado público.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
15/08/2024 11:43 am



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