Gobierno del Estado de México
 

Permiso de Inhumaciones

Derivado del fallecimiento de una persona, los familiares solicitan el permiso para inhumar en alguno de los panteones que se encuentran en el municipio de San Mateo Atenco.
Calle de la Rosa No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Barrio San Juan, C.P. 52104, San Mateo Atenco, México
Costo:
$ 760 pesos.
Adicional:
Fundamento Jurídico. Código Financiero del Estado de México, Art. 155.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2024 al 31/12/2024.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Bancos y Otro.
Otras alternativas:
En las cajas de tesorería municipal y en los bancos BBVA y Banorte
Ámbito:
Municipal
Municipio:
San Mateo Atenco
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
1 día(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Al momento del deceso de la persona

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acta de defunción del Finado;
NO
1, Simple
Libro Sexto del Reglamento para La Presentación de Servicios Públicos Municipales en El Municipio de San Mateo Atenco, Art. 172.

2. Orden de inhumación;
SI
NO
Libro Sexto del Reglamento para La Presentación de Servicios Públicos Municipales en El Municipio de San Mateo Atenco, Art. 172.

3. Recibo de pago de derechos, debidamente realizado o vigente;
SI
NO
Libro Sexto del Reglamento para La Presentación de Servicios Públicos Municipales en El Municipio de San Mateo Atenco, Art. 172

4. Identificación oficial con fotografía del finado, y del responsable de la fosa.
NO
1, Simple
Libro Sexto del Reglamento para La Presentación de Servicios Públicos Municipales en El Municipio de San Mateo Atenco, Art. 172

1. Derivado del fallecimiento de una persona, los familiares deberán acudir a las oficinas del departamento de panteones.
2. Solicitar el permiso y realizar los pagos correspondientes para la inhumación, mencionando el panteón del municipio de San Mateo Atenco, en el cual se quiere realizar la inhumación.
3. Se le expide un recibo el cual deberá pagar en las cajas de tesorería del ayuntamiento,
4. Una vez pagado el recibo, regresa a las oficinas de panteones para recibir el documento que autorice la inhumación.
Dependencia u organismo:
Municipio San Mateo Atenco
Dirección general:
Dirección de Servicios Púiblicos
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Servicios Públicos
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Javier García Campos
Cargo del titular:
Director de Servicios Públicos
Domicilio:
Calle de la Rosa No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Barrio San Juan, C.P. 52104, San Mateo Atenco, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 7224109125 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: serviciospublicos@sanmateo.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Otras oficinas que prestan el servicio:
Oficina:
Departamento de Panteones
Domicilio Calzada del panteón No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Barrio de la Magdalena,
C.P. 52104, Municipio San Mateo Atenco, México
Municipios que atiende: San Mateo Atenco
Titular de la oficina:
C. Pablo Durán Regules
Cargo del titular:
C. Javier García Campos
Teléfonos:
722 4109125 Ext N/A
Fax:
N/A
Correo electrónico:
Serviciospublicos@sanmateoatenço.gqb.mx panteones@sanmatepatenco.gpb.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Permiso de inhumación
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
1 día(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Dónde se realiza el trámite?
En el departamento de panteones
2. ¿Qué pasa si no se paga?
No se puede dar el permiso de inhumación
3. ¿Qué pasa si no se paga?
No se puede dar el permiso de inhumación
Fundamento legal:
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Secc. VIII, Art. 155, Fracc. ll, Libro Sexto Reglamento para la Prestación de Servicios Públicos Municipales en el Municipio de San Mateo Atenco, Art. 66, Inciso A, Fracc. XIII, En El Bando Municipal de Policía y Gobierno 2024.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cuando los familiares del finado, comprueban con el acta de defunción su deceso, así como la acreditación de la propiedad de la fosa y el parentesco directo, es decir que cubren con toda la documentación y el pago correspondiente.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Al momento del deceso de la persona
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
20/09/2024 10:29 am



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