Gobierno del Estado de México
 

Verificaciones para análisis de riesgos.

Un análisis de riesgos permite detectar y prevenir peligros vulnerables a la integridad física de la población, y de las pérdidas socioeconómicas por daños en equipamiento e infraestructura generados por los diversos fenómenos perturbadores (sismos, lluvias intensas, entre otros), así como, fisuras por antigüedad o fallas constructivas.
Alfonso Alcántara Medrano No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En el caso verificar si el equipamiento, infraestructura es pertinente para realizar actividades o presente posibles daños estructurales ocasionados por fenómenos naturales (sismos), por antigüedad, fallas constructivas o aquellos causados o provocados de manera accidental o intencional.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de escrito libre dirigida a la C. Marisol del Socorro Arias Flores, Presidenta Municipal Constitucional en donde fundamente la razón de trámite, tipología respecto al lugar de verificación y ubicación.
SI
2, Simple
Artículo Octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Adjuntar croquis de ubicación del lugar.
SI
NO
Los documentos solicitados se resguardarán en el archivo de la dependencia.

3. Ingresar la documentación en las oficinas de la Coordinación de Atención Ciudadana, ubicadas en el Palacio Municipal, Colonia Centro S/N, Atlacomulco México.


Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de escrito libre dirigida a la C. Marisol del Socorro Arias Flores, Presidenta Municipal Constitucional en donde fundamente la razón de trámite, tipología respecto al lugar de verificación y ubicación.
SI
2, Simple
Artículo Octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Adjuntar croquis de ubicación del lugar.
SI
NO


3. Ingresar la documentación en las oficinas de la Coordinación de Atención Ciudadana, ubicadas en, Palacio Municipal, Colonia Centro s/n, Atlacomulco México


Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud dirigida a la Lic. Marisol del Socorro Arias Flores, Presidenta Municipal Constitucional.
SI
2, Simple
Artículo Octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Adjuntar croquis de ubicación del lugar.
SI
NO


3. Ingresar la documentación en las oficinas de la Coordinación de Atención Ciudadana, ubicadas en, Palacio Municipal, Colonia Centro s/n, Atlacomulco México.


1.- Coordinación de Atención Ciudadana: Recibe oficio de solicitud del ciudadano para la inspección de medidas de seguridad en su inmueble. Esta misma coordinación emite el oficio a la Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos.
2.- Secretaria o Secretario de Protección Civil y Bomberos: Recibe oficio de solicitud de inspección de medidas de seguridad y lo pasa al Coordinador o Coordinadora de Protección Civil y Bomberos para su conocimiento.
3.- Coordinador o Coordinadora de Protección Civil y Bomberos: Revisa oficio e indica al Jefe o Jefa de turno para emitir una contestación y se agende una visita de inspección de medidas de seguridad al inmueble.
4.- Jefe o Jefa de turno de Protección Civil y Bomberos: Indica a la secretaria o Secretario de la Coordinación Municipal de Protección Civil realice oficio de contestación.
5.- Secretaria o Secretario de Protección Civil y Bomberos: Genera un oficio de contestación y pasa a firma del Coordinador o Coordinadora de Protección Civil y Bomberos.
6.- Coordinador o Coordinadora de Protección Civil y Bomberos: Revisa y firma oficio de contestación.
7.- Secretaria o Secretario de Protección Civil y Bomberos: Remite oficio a la Coordinación de Atención Ciudadana.
8.- Jefe o Jefa de turno de Protección Civil y Bomberos: Acude al establecimiento comercial y verifica las medidas de seguridad en materia de Protección Civil.
9.- Jefe o Jefa de turno de Protección Civil y Bomberos: Analiza los probables riesgos internos y externos del inmueble o del lugar a verificar.
10.- Jefe o Jefa de turno de Protección Civil y Bomberos: Llena el formato de inspección y ve si cumple con las medidas de seguridad en materia de Protección Civil.
11.- Jefe o Jefa de turno de Protección Civil y Bomberos: Si cumple, entrega de copia de formato de inspección al responsable del inmueble.
12.- Jefe o Jefa de turno de Protección Civil y Bomberos: Si no cumple, da recomendaciones por escrito en materia de Protección Civil al particular. Posterior a ello (solo en caso de, SI CUMPLE).
13.- Jefe o Jefa de turno de Protección Civil y Bomberos: Indica a la secretaria o secretario de la Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos elabore oficio de visto bueno.
14.- Secretaria o Secretario de Protección Civil y Bomberos: Elabora oficio de visto bueno de medidas de seguridad respecto al inmueble y pasa a firma del Coordinador o Coordinadora de Protección Civil y Bomberos.
15.- Coordinador o Coordinadora de Protección Civil y Bomberos: Revisa y firma oficio, e indica al Jefe o Jefa de turno entregue oficio al responsable del inmueble.
16.- Jefe o Jefa de turno: Entrega oficio de visto bueno al particular, y entrega acuse de recibido a la secretaria o secretario de la Coordinación para su archivo.
Termina Procedimiento.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos
Unidad administrativa responsable:
Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos
Titular de la unidad administrativa responsable:
T.A.M.P. Rubén López Sánchez
Cargo del titular:
Coordinador Municipal de Protección Civil y Bomberos
Domicilio:
Alfonso Alcántara Medrano No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 6882933 Ext: n/a
Telefono2: ( 712 ) 1224455
Telefono3: ( )
Fax: n/a
Correo electrónico: proteccion.civil@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
Las 24 horas de Lunes a Domingo
Resultado o documento a obtener:
Verificación de los establecimientos, equipamiento e infraestructura que cumplan con las medidas reglamentarias en materia de protección civil, así como el de salvaguardar la integridad física de la población.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Cuándo se requiere una verificación de análisis de riesgos?
Cuando se detecte alguna fractura en, castillos, trabes y losa en una estructura de un inmueble; así mismo verificar riesgos de factores externos que pongan en peligro la integridad física y patrimonial de las personas.
2. ¿Cómo identificar si mi inmueble presenta daños estructurales?
Cuando se detecten fisuras o fracturas en trabes, castillos o losa, así mismo el descuadre de ventanas o puertas.
3. ¿Qué pasa si se detecta que existe riesgo?
Se evacua a las personas que se encuentren en el interior del inmueble, se acordona el espacio, hasta que el área correspondiente determine si es un lugar seguro para seguir habitándolo.
Fundamento legal:
Capitulo XVI, artículo 78, Capitulo XVII, artículos 84 y 85 de la Ley General de Protección Civil; Título III, Capítulo Quinto, artículo 69, fracción I, Inciso a, Capítulo Sexto, artículo 81, 81 TER, fracciones I, II, IV, V y VI, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México; Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México; NTE-001-CGPC-2016; Título Quinto, Capítulo IV, artículo 80, punto 1, Subnumeral 1.5., Título Décimo, Capítulo I, artículos del 231 al 237 del Bando Municipal vigente. https://atlacomulco.gob.mx/catalogo-municipal-de-regulaciones/
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cumplir con los requisitos solicitados, así como de cumplir con las características o especificaciones recomendadas para la obtención del visto bueno que otorga la presente coordinación, cuyo dictamen fungirá únicamente de carácter informativo.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En el caso verificar si el equipamiento, infraestructura es pertinente para realizar actividades o presente posibles daños estructurales ocasionados por fenómenos naturales (sismos), por antigüedad, fallas constructivas o aquellos causados o provocados de manera accidental o intencional.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
10/05/2024 09:38 am



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