Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Tratándose de mexicanos que contraigan matrimonio en el extranjero, para la transcripción de su acta de matrimonio en la entidad, deberán acreditar fehacientemente la nacionalidad mexicana de ambos o cualquiera de ellos y su residencia efectiva dentro de la competencia territorial de la Oficialía.
SI
NO
Reglamento Registro Civil. - Arts. 107,108, 109 y 110.
2. Los documentos relacionados con la transcripción de las actas de los actos del estado civil de mexicanos/as celebrado en el extranjero son:
I.- Solicitud que contendrá firma (s) y huella (s) de quien (es) comparece(n)
II.-Copia certificada del acta o constancia expedida en el extranjero, debidamente apostillada o legalizada, para su cotejo correspondiente.
III.- Traducción por perito oficial, si las constancias estuvieren redactadas en idioma diferente al español, en caso que no exista perito oficial en el idioma que se requiere, se podrá solicitar en una Institución Oficial reconocida ante la Secretaría de Educación Pública.
IV.- Acta de nacimiento, certificada de nacionalidad mexicana, carta de naturalización, pasaporte o matrícula consular, en original para su cotejo, que acrediten la nacionalidad mexicana del o los interesados mencionados en el acta.
V.- Identificación oficial vigente de quien(es) comparezca(n) y/o de los/los interesados.
VI.- Permiso de traslado internacional, tratándose de acta de defunción.
SI
NO
Reglamento Del Registro Civil Arts. 107, 108,109 y 110.
3. Cuando un/a mexicano lleve a cabo juicios relativos al Estado Civil en otro país y solicite su transcripción deberá tramitar la homologación ante la autoridad judicial competente, conforme a los Ordenamientos Legales aplicables.
SI
NO
Reglamento Del Registro Civil Arts.107,108,109 y 110
4. Para el registro de Actos y Hechos del Estado Civil donde intervengan extranjeros celebrados en el estado de México, se estará a lo dispuesto en las Leyes aplicables y en este reglamento.
SI
NO
Reglamento Del Registro Civil Arts. 107,108,109 y 110