Gobierno del Estado de México
 

Asesoría psicológica

Consiste en brindar asesorías psicológicas a niñas, adolescentes, jóvenes, adultas y adultas mayores mediante terapia individual y grupal totalmente gratuita.
Cerrada de Bartolomé Flores No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. San Francisco Coacalco, C.P. 55700, Coacalco de Berriozábal, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Coacalco de Berriozábal
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A las niñas, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos mayores que deseen tomar asesoría psicológica.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Identificación oficial
NO
1, Simple
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 1, 4, 5, 25 Y 115.
Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Artículo 16 y 33.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 38 Fracc. II y 50.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Artículo 5.
Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios.
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Estado de México. Artículo 20 BIS, 37 y 45.
Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México. Artículo 6 F. XV, 7 Fracc. IX, 34 Fracc. V, IX.
Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México. Artículo 17 y 18.
Reglamento de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México. Artículo 10 Fracc. VI, 11 Fracc. VII.
Reglamento del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Bando Municipal del H. Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal. Artículo 78 y 79.
Reglamento del Sistema Municipal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

2. Acta de nacimiento
NO
1, Simple
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 1, 4, 5, 25 Y 115.
Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Artículo 16 y 33.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 38 Fracc. II y 50.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Artículo 5.
Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios.
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Estado de México. Artículo 20 BIS, 37 y 45.
Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México. Artículo 6 F. XV, 7 Fracc. IX, 34 Fracc. V, IX.
Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México. Artículo 17 y 18.
Reglamento de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México. Artículo 10 Fracc. VI, 11 Fracc. VII.
Reglamento del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Bando Municipal del H. Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal. Artículo 78 y 79.
Reglamento del Sistema Municipal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

3. CURP
NO
1, Simple
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 1, 4, 5, 25 Y 115.
Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Artículo 16 y 33.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 38 Fracc. II y 50.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Artículo 5.
Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios.
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Estado de México. Artículo 20 BIS, 37 y 45.
Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México. Artículo 6 F. XV, 7 Fracc. IX, 34 Fracc. V, IX.
Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México. Artículo 17 y 18.
Reglamento de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México. Artículo 10 Fracc. VI, 11 Fracc. VII.
Reglamento del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Bando Municipal del H. Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal. Artículo 78 y 79.
Reglamento del Sistema Municipal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

4. Comprobante de domicilio
NO
1, Simple
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 1, 4, 5, 25 Y 115.
Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Artículo 16 y 33.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 38 Fracc. II y 50.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Artículo 5.
Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios.
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Estado de México. Artículo 20 BIS, 37 y 45.
Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México. Artículo 6 F. XV, 7 Fracc. IX, 34 Fracc. V, IX.
Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México. Artículo 17 y 18.
Reglamento de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México. Artículo 10 Fracc. VI, 11 Fracc. VII.
Reglamento del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Bando Municipal del H. Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal. Artículo 78 y 79.
Reglamento del Sistema Municipal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

Cumplir con los requisitos solicitados
Acudir al Instituto para la Defensa de los Derechos de la Mujer a la Jefatura de Atención Psicológica y de la Salud.
Agendar cita para la entrevista inicial.
Acudir a la entrevista inicial y aperturar su expediente.
Dependencia u organismo:
Municipio Coacalco de Berriozábal
Dirección general:
Instituto de la Mujer
Unidad administrativa responsable:
Instituto de la Mujer
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Mercy Karina Zaballa Vázquez
Cargo del titular:
Directora General del Instituto para la Defensa de los Derechos de la Mujer
Domicilio:
Cerrada de Bartolomé Flores No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. San Francisco Coacalco, C.P. 55700, Coacalco de Berriozábal, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 15420071 Ext: s/n
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: inst.mujerescoacalco@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
No aplica
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
1 hora(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 hora(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Tiene algún costo?
No es totalmente gratuito.
2. ¿En dónde se darán las asesorías?
En las instalaciones del Instituto de la Defensa de los Derechos de la Mujer.
3. ¿Qué documentos necesito?
Copia de acta de nacimiento, Identificación oficial, CURP y comprobante de domicilio.
Fundamento legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 1, 4 Y 115.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 38 Fracc. V, XIII y 50.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Artículo 5.
Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios.
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Estado de México. Artículo 20 BIS, 36 Y 37.
Reglamento de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México. Artículo 51 Fracc. II.
Reglamento del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Artículo.
Bando Municipal del H. Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal. Artículo 78 y 79.
Reglamento del Sistema Municipal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Todas las personas interesadas en las asesorías psicológicas y cumplan con la documentación requerida.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A las niñas, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos mayores que deseen tomar asesoría psicológica.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
07/12/2018 04:41 pm



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