Gobierno del Estado de México
 

Recibir y tramitar quejas sobre violación a los derechos humanos

Se inicia este trámite cuando un ciudadano considera que han sido vulnerados sus derechos humanos
NEVADO No. Ext. 2533 No. Int. S/N, Col. AGRÍCOLA BELLAVISTA, C.P. 52172, Metepec, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Metepec
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Las quejas por probables violaciones a los Derechos Humanos se realizan cuando el ciudadano acude a las oficinas de la Defensoría Municipal y relata los hechos bajo los cuales se considera que se han vulnerado sus derechos humanos

1.- El ciudadano (os) acuden en forma personal a las oficinas de la Defensoría Municipal de los Derechos Humanos, para solicitar se inicie una queja por probable violación a sus derechos humanos, ya sea como agraviado o quejoso.
2.- El personal de la Defensoría Municipal le solicita exponga los hechos que considera le vulneraron sus derechos humanos, para que se pueda valorar y determinar que efectivamente se trata de una probable violación a los derechos humanos.
3.- Una vez que el personal de la Defensoría Municipal determina que se trata de una probable violación a los derechos humanos, inicia el procedimiento para la queja, requisitando el formato de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, integrando el expediente con la documentación que desee anexar el usuario o estime pertinente el personal de la Defensoría Municipal.
4.- Una vez integrado el expediente, se remite a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, para su análisis, seguimiento y resolución que competa.
5.- Se le informa periódicamente al usuario el estatus de la queja.
Dependencia u organismo:
Municipio Metepec
Unidad administrativa responsable:
DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtro. Arturo Tonatiuh Romero Malagón.
Cargo del titular:
Defensor Municipal de los Derechos Humanos
Domicilio:
NEVADO No. Ext. 2533 No. Int. S/N, Col. AGRÍCOLA BELLAVISTA, C.P. 52172, Metepec, México
Contacto:
Telefono1: ( 722 ) 2321159 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: derechoshumanos@metepec.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Queja
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
5 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Puede acudir a presentar la queja el afectado o una tercera persona en nombre del agraviado?
Si se trata de adultos (no niños o menores de edad) es preferible que acuda directamente el afectado. Si se trata de menores de edad, si puede presentar la queja una tercera persona en representación del menor al cual le han sido vulnerados sus derechos humanos
2. ¿En cuánto tiempo se determina la resolución de la queja?
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, es la autoridad competente para determinar su resolución, de acuerdo a los informes e investigación que realice de los hechos.
3. ¿Puedo acudir directamente a las oficinas de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México para presentar mi queja por probable violación a mis derechos humanos por alguna autoridad?
Si
4. ¿Puedo darle seguimiento a mi queja presentada en la Defensoría Municipal, directamente en las oficinas de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México?
Si
Fundamento legal:
Artículo 1 y 102 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 5 y 16 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de México
Artículo 147 K de la Ley Orgánica del Estado de México y Municipios
Artículos 3 y 38 del Bando Municipal de Metepec
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Determinar que se trata de una probable violación a los derechos humanos por parte de alguna autoridad.
Existan elementos suficientes para que se tramite como una queja
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Las quejas por probables violaciones a los Derechos Humanos se realizan cuando el ciudadano acude a las oficinas de la Defensoría Municipal y relata los hechos bajo los cuales se considera que se han vulnerado sus derechos humanos
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
02/08/2024 05:05 pm



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