Gobierno del Estado de México
 

Cobro del Impuesto Predial año corriente.

Cobro que realiza la Tesorería municipal del Impuesto Predial del año corriente o años anteriores.
Av. Estado de México No. Ext. 1201 Oriente No. Int. , Col. Barrio de San Miguel, C.P. 52172, Metepec, México
 

Costo

LIMITE INFERIOR
1
LIMITE SUPERIOR
180,970
CUOTA FIJA (en pesos)
170.00
FACTOR PARA APLICARSE A CADA RANGO
0.000331
LIMITE INFERIOR
180,971
LIMITE SUPERIOR
343,840
CUOTA FIJA (en pesos)
230.00
FACTOR PARA APLICARSE A CADA RANGO
0.001350
LIMITE INFERIOR
343,841
LIMITE SUPERIOR
554,420
CUOTA FIJA (en pesos)
450.00
FACTOR PARA APLICARSE A CADA RANGO
0.001400
LIMITE INFERIOR
554,421
LIMITE SUPERIOR
763,890
CUOTA FIJA (en pesos)
745.00
FACTOR PARA APLICARSE A CADA RANGO
0.001788
LIMITE INFERIOR
763,891
LIMITE SUPERIOR
973,930
CUOTA FIJA (en pesos)
1,120.00
FACTOR PARA APLICARSE A CADA RANGO
0.002283
LIMITE INFERIOR
973,931
LIMITE SUPERIOR
1,188,880
CUOTA FIJA (en pesos)
1,600.00
FACTOR PARA APLICARSE A CADA RANGO
0.002673
LIMITE INFERIOR
1,188,881
LIMITE SUPERIOR
1,403,840
CUOTA FIJA (en pesos)
2,175.00
FACTOR PARA APLICARSE A CADA RANGO
0.003371
LIMITE INFERIOR
1,403,841
LIMITE SUPERIOR
1,618,840
CUOTA FIJA (en pesos)
2,900.00
FACTOR PARA APLICARSE A CADA RANGO
0.003905
Adicional:
Con fundamento en el artículo 109 del CFEMyM.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Bancos y En Línea (Portal de Pagos).
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Metepec
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Están obligadas al pago del Impuesto Predial las personas físicas y jurídicas colectivas que sean propietarias o poseedoras, según se trate, de inmuebles en el Municipio de Metepec.(Art.107 CFEMyM)

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Estado de Cuenta
SI
NO
Art. 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 24, 26, 27, 29 y toda la sección primera Capítulo Primero ,Titulo Cuarto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Recibo anterior de pago de impuesto predial.
SI
NO
Art. 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 24, 26, 27, 29 y toda la sección primera Capítulo Primero ,Titulo Cuarto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Identificación Oficial Vigente
SI
NO
N/A

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Estado de Cuenta.
SI
NO
Art. 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 24, 26, 27, 29 y toda la sección primera Capítulo Primero ,Titulo Cuarto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Recibo anterior de pago de impuesto predial.
SI
NO
Art. 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 24, 26, 27, 29 y toda la sección primera Capítulo Primero ,Titulo Cuarto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Identificación Oficial Vigente
SI
NO
N/A

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Estado de Cuenta.
SI
NO
Art. 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 24, 26, 27, 29 y toda la sección primera Capítulo Primero ,Titulo Cuarto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Recibo anterior de pago de impuesto predial.
SI
NO
Art. 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 24, 26, 27, 29 y toda la sección primera Capítulo Primero ,Titulo Cuarto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Identificación Oficial Vigente
SI
NO
N/A

1.- Presentarse en las oficinas de la Tesorería Municipal
2.- Solicitar estado de cuenta del adeudo de Impuesto Predial, en las oficinas de la Tesorería Municipal o en la pagina Web.
3.- Solicitar bonificaciones si son acreedores a los mismo, presentando los requisitos correspondientes en ventanilla de atención al contribuyente.
4.- Con el estado de cuenta, pasar a cajas a realizar el pago.
5.- Si se solicita el estado de cuenta para pagar en bancos, una vez realizado el pago en ventanilla, con el voucher e identificación, presentarse a las oficinas centrales de la tesorería en un plazo de 48-72 horas posteriores para recoger recibo oficial de pago.
6.- Una vez realizado el pago de impuesto predial, recibir del cajero recibo oficial del pago.
Dependencia u organismo:
Municipio Metepec
Unidad administrativa responsable:
TESORERÍA
Titular de la unidad administrativa responsable:
ENRIQUE ALONSO PINEDA
Cargo del titular:
TESORERO MUNICIPAL
Domicilio:
Av. Estado de México No. Ext. 1201 Oriente No. Int. , Col. Barrio de San Miguel, C.P. 52172, Metepec, México
Contacto:
Telefono1: ( 722 ) 500 2850 Ext:
Telefono2: ( 722 ) 500 2851
Telefono3: ( 722 ) 500 2852
Fax:
Correo electrónico: tesoreria@metepec.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Recibo de pago de Impuesto Predial.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
5 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

Tiempo estimado para realizar el trámite en línea de principio a fin:

15 minuto(s)

1. ¿Si no cuento con mi último recibo puedo pagar el impuesto predial?
Sí, deberá proporcionar el nombre completo y correcto del propietario o la clave catastral.
2. ¿Solo aperturan cajas de lunes a viernes?
En los meses de enero, febrero y marzo, considerado el periodo de mayor afluencia, se apertura las cajas de la Tesorería Municipal los días sábados y el último domingo del mes.
3. Además de las cajas de la Tesorería Municipal, ¿en que oficinas puedo pagar el predial?
Para los meses de Enero, Febrero y Marzo, se habilitan cajas de cobro (para más información consultar la página oficial del Municipio: www.metepec.gob.mx).
Fundamento legal:
ARTICULO 31 Fracc. IV, Art. 115 fracción III y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Art. 27 Fracc II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; Art. 95 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 107-112 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios y Art. 7,9 y 19 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal vigente.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Presentar documentación requerida.
Resultado o documento a obtener en la gestión electrónica del trámite en línea (realizado de principio a fin):
RECIBO OFICIAL DE PAGO
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Están obligadas al pago del Impuesto Predial las personas físicas y jurídicas colectivas que sean propietarias o poseedoras, según se trate, de inmuebles en el Municipio de Metepec.(Art.107 CFEMyM)
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
09/04/2024 06:08 pm



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