Gobierno del Estado de México
 

Denuncia

Formular denuncia en contra de servidores públicos por presuntas faltas administrativas; o en contra de personas físicas o jurídicas colectivas que se encuentran vinculadas con faltas administrativas.
NEVADO No. Ext. 2533, PLANTA BAJA No. Int. N/A, Col. AGRÍCOLA BELLAVISTA, C.P. 52172, Metepec, México
Telefono1: ( 722 ) 2657433
Telefono2: ( 722 ) 2657434
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Metepec
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se presenten actos u omisiones que pudieran constituir o vincularse con faltas administrativas.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1. La autoridad a la que se dirige,
2. El nombre del peticionario y, en su caso, de quien promueva en su nombre,
3. Presentar identificación oficial vigente del peticionario y, en su caso, de quien promueve a su nombre,
4. El domicilio para recibir notificaciones, que deberá estar ubicado en el territorio del Estado de México,
5. Los planteamientos o solicitudes que se hagan,
6. Las disposiciones legales en que se sustente, de ser posible; y
7. Las pruebas que se ofrezcan, en su caso.
SI
1, Simple
Art. 95 fracc. II, 96 y 97 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1. La autoridad a la que se dirige,
2. Razón o denominación social,
3. Acta Constitutiva,
4. Nombre de quien promueve en representación de la persona jurídica colectiva e identificación oficial vigente,
5. Poder Notarial,
6. El domicilio para recibir notificaciones, que deberá estar ubicado en el territorio del Estado de México,
7. Los planteamientos o solicitudes que se hagan,
8. Las disposiciones legales en que se sustente, de ser posible; y
9. Las pruebas que se ofrezcan, en su caso.
SI
1, Simple
Art. 95 fracc. II, 96 y 97 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1. La autoridad a la que se dirige,
2. El nombre de la institución pública que promueve,
3. Nombre del servidor público que promueve a nombre de la institución pública,
4. Presentar identificación oficial vigente,
5. Documento que acredite el carácter con el que promueve el servidor público a nombre de la institución pública,
6. El domicilio para recibir notificaciones, que deberá estar ubicado en el territorio del Estado de México,
7. Los planteamientos o solicitudes que se hagan,
8. Las disposiciones legales en que se sustente, de ser posible; y
9. Las pruebas que se ofrezcan, en su caso.
SI
1, Simple
Art. 95 fracc. II, 96 y 97 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

1. La denuncia puede presentarse en alguna de las siguientes formas:

a) Presencial: El denunciante deberá acudir a las oficinas que ocupa la Subcontraloría Social e Investigación, adscrita a la Contraloría Interna Municipal de Metepec, Estado de México, a presentar su denuncia, debiendo traer identificación oficial vigente con fotografía y copia simple para cotejo.
b) Escrito: El denunciante deberá presentar su escrito de denuncia en la oficialía de partes de la Contraloría Interna Municipal de Metepec, Estado de México.
c) Internet: El denunciante deberá presentar su denuncia mediante el Sistema de Atención Mexiquense que opera la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México.
2. La denuncia deberá contener los datos o indicios mínimos que permitan advertir la presunta responsabilidad por la comisión de faltas administrativas, debiendo manifestar las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos, aportando de ser posible pruebas que permitan acreditar su dicho.
3. La denuncia podrá presentarse de manera anónima, pero de ser posible el denunciante deberá agregar un dato de contacto para dar seguimiento a la investigación.
Dependencia u organismo:
Municipio Metepec
Unidad administrativa responsable:
CONTRALORÍA INTERNA MUNICIPAL
Titular de la unidad administrativa responsable:
EDGAR ENRIQUE JAIMES HEREDIA
Cargo del titular:
CONTRALOR
Domicilio:
NEVADO No. Ext. 2533, PLANTA BAJA No. Int. N/A, Col. AGRÍCOLA BELLAVISTA, C.P. 52172, Metepec, México
Contacto:
Telefono1: ( 722 ) 2657433 Ext:
Telefono2: ( 722 ) 2657434
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: contraloriamun@metepec.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
De acuerdo con el artículo 104 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios se puede obtener uno de estos documentos:
a. Acuerdo de Conclusión y Archivo.
b. Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
3 mes(es)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 mes(es)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

Tiempo estimado para realizar el trámite en línea (pre-gestion):

1 hora(s)

1. ¿Puedo presentar denuncia de manera anónima?
Si, pero es preferible dejar datos de contacto para el trámite solicitado.
2. ¿Existe un sistema para presentar denuncias de manera digital?
Si, en la siguiente dirección web: https://www.secogem.gob.mx/SAM/DatosPersonales.asp?Accion=Nuevo&TTipoTram=1
3. ¿Puedo presentar mi denuncia en cualquier día?
Si, a través del Sistema de Atención Mexiquense de la Secretaría de la Contraloría que administra el Gobierno del Estado de México.
Fundamento legal:
Art. 95 fracc. II, 96, 97 y 104 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
N/A
Resultado o documento a obtener en la gestión electrónica del trámite en línea (realizado como pre-gestión):
Presentación de la denuncia
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se presenten actos u omisiones que pudieran constituir o vincularse con faltas administrativas.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
07/06/2023 01:50 pm



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